- El presidente de EE. UU. pospone 180 días la decisión sobre aranceles a los automóviles y sus piezas, que podrían llegar al 25 %.
- Durante ese plazo se negociará con la UE y Japón, mientras que Canadá, México y Corea del Sur quedan fuera por sus acuerdos.
- Es un respiro, no una solución: la industria y sus proveedores deben planificar con dos escenarios.
El 17 de mayo de 2019, el presidente de Estados Unidos firmó una proclamación por la que aplaza 180 días la decisión sobre aranceles a los automóviles y las piezas de automoción importados, que había investigado el Departamento de Comercio al amparo de la sección 232, la de seguridad nacional. El plazo legal para decidir vencía el 18 de mayo. Los aranceles adicionales sobre la mesa podían llegar hasta el 25 %.
La proclamación reconoce que el volumen actual de importaciones supone una amenaza para la seguridad nacional, pero encarga al representante comercial que negocie con la Unión Europea y con Japón acuerdos que aborden ese riesgo. Canadá, México y Corea del Sur no se verían afectados, porque ya han alcanzado acuerdos con la administración estadounidense.
Por qué importa a Europa
La automoción es uno de los grandes sectores industriales europeos, con una cadena que va de los fabricantes de vehículos a miles de empresas de componentes, y buena parte de su producción se exporta. Un arancel del 25 % sobre los coches importados habría supuesto un golpe notable para varios fabricantes, sobre todo alemanes, y para los proveedores que los abastecen en otros países.
España es uno de los grandes productores europeos de automóviles y tiene en Cataluña, con Martorell o la industria auxiliar del entorno, una pieza importante de ese ecosistema. Las ventas directas a Estados Unidos pesan menos que en otros países, pero la exposición indirecta, a través de los componentes que se envían a fábricas que luego exportan, existe y conviene valorarla.
Qué se negocia ahora
Durante los 180 días, la administración estadounidense buscará acuerdos con la UE y con Japón, y hablará de cuotas, de límites a las exportaciones o de compromisos de inversión. Para la Unión Europea, el reto es que cualquier negociación comercial con Washington, un proceso que depende de un mandato de los Estados miembros, se produzca de forma que no afecte a otros sectores como el agrícola.
Un plazo de seis meses aporta cierto margen, pero también incertidumbre: no hay fecha concreta para una resolución y cualquier decisión final dependerá de cómo evolucione la negociación y del clima político. Las empresas harían bien en no confundir la prórroga con una renuncia a los aranceles, que sigue siendo una opción de la administración.
Qué conviene revisar
Las empresas del sector, y las que les suministran, pueden empezar por mapear su exposición: qué parte de la facturación va a Estados Unidos, directa o indirectamente, a través de qué clientes y con qué partidas arancelarias. Con esa información se puede estimar el efecto de distintos escenarios, y valorar medidas como ajustes en los contratos de suministro o la diversificación de mercados.
En los contratos con clientes y proveedores, conviene revisar quién soporta los aranceles, qué dicen las cláusulas de revisión de precios y las condiciones de entrega, y si existe alguna cláusula de fuerza mayor o de cambio de circunstancias aplicable. Es información general: cada empresa tiene una exposición distinta, y la decisión final debe analizarse con el asesor. Mientras dura la negociación, resulta prudente mantener el diálogo con los clientes de la cadena, compartir escenarios y acordar cómo se repartirían los costes si el arancel finalmente se aplicara, porque en un sector tan integrado las decisiones de un eslabón afectan a todos los demás. Por último, quien dependa de las exportaciones a Estados Unidos puede estudiar si le conviene diversificar mercados o producir parte de la oferta más cerca del cliente, decisiones que requieren tiempo y que es mejor evaluar con calma mientras la incertidumbre dura.
Un aplazamiento da tiempo, pero solo sirve a quien lo usa para prepararse.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


