130 países se suman al acuerdo fiscal de la OCDE

Claves
  • El 1 de julio, 130 países y jurisdicciones respaldaron el marco de la OCDE para reformar la fiscalidad internacional.
  • Incluía un impuesto mínimo global y nuevas reglas para repartir los beneficios de las multinacionales entre los países.
  • El acuerdo definitivo llegaría en octubre: lo aprobado en julio era un marco, no una norma ya exigible.

El 1 de julio de 2021, 130 países y jurisdicciones respaldaron el marco de la OCDE para reformar la fiscalidad internacional. Incluía un impuesto mínimo global y nuevas reglas para repartir los beneficios de las multinacionales entre los países, un paso más allá del compromiso político alcanzado semanas antes en el G7. Pasar de unos pocos países a ciento treinta cambia la escala del proyecto.

El respaldo de tantos países daba una fuerza distinta a una idea que hasta hacía poco parecía lejana. Para los grupos con presencia internacional, significaba que el debate dejaba de ser teórico y pasaba a ser una realidad que había que preparar. Para muchos directivos y propietarios, el tema pasaba así de la lista de curiosidades a la agenda de decisiones. Para el resto de las empresas, era una señal de hacia dónde se mueve la fiscalidad: más coordinación entre administraciones, más transparencia y menos espacio para estructuras sin sustancia económica.

Qué es el marco de la OCDE

La OCDE es una organización internacional que reúne a economías avanzadas y sirve de foro para coordinar políticas. Su marco fiscal se apoyaba en dos piezas: un impuesto mínimo global y unas reglas nuevas sobre qué país grava cada parte de los beneficios de una multinacional. Hasta entonces, cada Estado gravaba a su manera, lo que facilitaba que las grandes compañías declararan beneficios donde la tributación era menor. Esa diversidad de reglas es la que la reforma pretendía ordenar con criterios comunes.

Un respaldo amplio es importante porque este tipo de normas solo funcionan si participan suficientes países. Si unos pocos aplican un mínimo y otros no, las empresas pueden trasladar su actividad a los segundos. Por eso un respaldo de ciento treinta países refuerza las posibilidades de que la reforma se aplique de forma efectiva. Un acuerdo con muchos firmantes también reduce el riesgo de que las empresas queden atrapadas entre sistemas contradictorios.

Un acuerdo aún por cerrar

El acuerdo definitivo llegaría en octubre. Hasta entonces quedaban detalles técnicos por pulir, y la aplicación efectiva dependería de que cada país adaptara su legislación. Por eso, lo aprobado en julio debía entenderse como un marco, no como una norma ya exigible.

El calendario de aplicación es tan relevante como el contenido del acuerdo. Una norma que se aplica dentro de uno o dos años permite planificar con calma, mientras que una que entra en vigor de inmediato obliga a reaccionar deprisa. Mientras no haya fechas firmes, las empresas afectadas viven en una zona de incertidumbre que conviene gestionar con previsión, sin esperar a que todo esté escrito. Planificar con hipótesis razonables es mejor que esperar a certezas que tardarán en llegar.

Qué hacer mientras tanto

Para grupos con presencia internacional, era el momento de cuantificar el impacto antes de que la norma entrara en vigor. Conviene identificar qué entidades podrían verse afectadas, estimar cómo cambiaría la carga fiscal y revisar los procesos de documentación y de información. Hacerlo con anticipación evita decisiones apresuradas cuando llegue el momento.

Los asesores fiscales pueden ayudar a ordenar este trabajo en fases: primero un mapa de la estructura, después una estimación del efecto en distintos escenarios y, por último, un plan de adaptación con calendario. Cada fase debería tener un responsable y una fecha, para que el trabajo no quede aparcado. Incluso las empresas que no estén directamente afectadas pueden beneficiarse de entender el marco, porque el criterio de fondo, que la tributación siga a la actividad real, se extiende a otras normas. Entenderlo evita sorpresas en futuras revisiones de la legislación y en la relación con las administraciones.

Anticipar el impacto permite decidir con serenidad.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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