- La Comisión propone una autoridad europea contra el blanqueo y un reglamento directamente aplicable en todos los Estados miembros.
- Habría un techo de 10.000 euros para el efectivo en toda la Unión y se extendería la trazabilidad a las transferencias de criptoactivos.
- Por ahora son propuestas: deben pasar por el Parlamento y el Consejo, pero marcan la dirección que seguirá la normativa.
El 20 de julio de 2021 la Comisión Europea presentó un paquete de cuatro propuestas legislativas para reformar la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Incluye un reglamento para crear una Autoridad europea en la materia, otro con un conjunto único de normas de aplicación directa, una nueva directiva que sustituiría a la actual y la revisión del reglamento sobre transferencias de fondos.
El paquete añade además un límite de 10.000 euros para los pagos en efectivo en toda la Unión. La Comisión parte de una constatación: las normas actuales se trasponen de forma distinta en cada país, y los delincuentes aprovechan esas diferencias para mover dinero por el punto más débil del sistema. La respuesta es armonizar y supervisar mejor.
Un reglamento y una autoridad
Hasta ahora, las obligaciones de diligencia debida y de identificación del titular real se recogen en directivas que cada Estado adapta a su manera. Esa diversidad genera lagunas y obliga a las entidades con actividad en varios países a cumplir criterios distintos según el lugar. El nuevo reglamento sería directamente aplicable, de modo que bancos, notarios, asesores, agentes inmobiliarios o proveedores de servicios con criptoactivos se regirían por las mismas reglas en toda la Unión.
La futura Autoridad europea coordinaría a los supervisores nacionales, apoyaría a las unidades de inteligencia financiera y podría supervisar directamente a algunas entidades de alto riesgo con actividad en varios países. Según el calendario de la propia Comisión, empezaría a funcionar hacia 2024, de modo que su efecto práctico no será inmediato. Además, su diseño final dependerá de la negociación, y es habitual que las propuestas cambien de forma sustancial durante la tramitación.
Efectivo y criptoactivos
Es una cifra que la Comisión considera suficiente para no cuestionar el euro como moneda de curso legal ni el papel del efectivo en la vida cotidiana. El tope de 10.000 euros no impediría que cada país fije un límite más bajo: España acaba de hacerlo, con 1.000 euros desde el 11 de julio. Para quien opera en varios mercados, la consecuencia es que el efectivo dejará de ser una vía cómoda en operaciones grandes en cualquier lugar de la Unión.
La revisión del reglamento de transferencias de fondos extiende la llamada «regla de viaje» a los criptoactivos. Los proveedores de estos servicios tendrían que recoger y poner a disposición de las autoridades los datos de quien envía y de quien recibe la transferencia, lo que pone fin a la idea de transacciones anónimas dentro del sector regulado.
Qué implica para empresas y familias
Aunque la norma se dirige a los llamados sujetos obligados, sus efectos llegan a sus clientes. Es previsible que se pidan más datos sobre el origen de los fondos, la estructura de propiedad de las sociedades y la identidad de los beneficiarios finales, y que los procesos de apertura de cuentas o de compra de inmuebles se vuelvan algo más largos. También es probable que las entidades pidan antes la documentación, en lugar de esperar a que surja una operación sospechosa. La documentación adicional puede incluir contratos, cuentas y declaraciones sobre quién controla en último término cada sociedad.
Las empresas con estructuras complejas, con socios en distintos países o con actividad relacionada con criptoactivos harían bien en tener actualizados sus registros de titularidad real y en poder justificar con documentos de dónde procede su dinero. Una vez más, lo prudente es consultar con el asesor antes de que el banco lo pregunte.
Más transparencia exigida a todos se resuelve con la documentación en orden antes de que alguien la pida.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


