Acuerdo comercial del Brexit en Nochebuena

Claves
  • El 24 de diciembre la UE y el Reino Unido cerraron su acuerdo de comercio y cooperación, a una semana del fin del periodo de transición.
  • Se evitaban los aranceles, pero llegaban controles aduaneros y nuevos trámites.
  • Origen de las mercancías, IVA y aduanas: conviene preparar los trámites antes del 1 de enero para evitar envíos bloqueados.

El 24 de diciembre de 2020, a una semana del fin del periodo de transición, la UE y el Reino Unido cerraron su acuerdo de comercio y cooperación. Se evitaba así un escenario sin acuerdo, con aranceles sobre las mercancías, que habría supuesto un golpe adicional para las empresas en plena crisis. Pero la ausencia de aranceles no equivale a un comercio sin fricciones: llegaban controles aduaneros y nuevos trámites.

El anuncio, en Nochebuena y con tan poco margen, dejó poco tiempo para preparar los cambios. Las empresas que comerciaban con el Reino Unido tuvieron que pasar en unos pocos días de una incertidumbre total a la necesidad de aplicar normas nuevas. Conviene recordar, mirando atrás, que la preparación anticipada es la mejor defensa ante los plazos ajustados y los cambios de última hora en cualquier negociación. Esto vale tanto para grandes compañías como para pequeñas, que suelen tener menos recursos para absorber un cambio brusco.

Un acuerdo a contrarreloj

El acuerdo llegó a contrarreloj, con la transición a punto de acabar, y evitó el peor escenario sin dejar las cosas como estaban: el comercio seguiría siendo posible, pero con más gestiones en cada envío.

Los controles aduaneros implican que cada mercancía que cruza la frontera debe ir acompañada de la documentación correspondiente, y que las autoridades pueden verificarla. Los nuevos trámites afectan a quien exporta, a quien importa y a quien transporta, y suponen costes de tiempo y de gestión que antes no existían. Para muchos negocios, el cambio no está en el precio de la mercancía, sino en la complejidad de moverla. Esa complejidad se traduce en tiempo, en costes administrativos y, a veces, en retrasos en las entregas.

Las nuevas obligaciones

Para las empresas que comercian con el Reino Unido, el 1 de enero traía nuevas obligaciones: origen de las mercancías, IVA y aduanas. Cada envío requeriría declaraciones y documentos que antes no hacían falta, y la empresa debía justificar el origen de lo que vende para beneficiarse de los términos del acuerdo. Sin esa justificación, la mercancía puede no recibir el trato favorable previsto.

El origen de una mercancía no siempre coincide con el lugar desde el que se envía: depende de dónde se ha fabricado o de dónde proceden sus componentes. Acreditarlo exige llevar un registro ordenado de proveedores, procesos y materiales. El IVA y los derechos de aduana, por su parte, se aplican en la frontera y pueden generar costes de tesorería adicionales, además de obligaciones declarativas que antes no existían para estas operaciones. Por eso es importante que los equipos de administración, compras y ventas conozcan las nuevas reglas.

Prepararse antes del 1 de enero

Prepararlas antes evitó envíos bloqueados. Conviene identificar qué operaciones con el Reino Unido existen, quién gestiona los trámites aduaneros, si el transitario o la empresa de transporte conoce las nuevas normas y qué cambios hay en las condiciones de entrega y facturación. Revisar los contratos con el asesor de comercio exterior ayuda a no encontrarse con sorpresas. Conviene hacerlo con el transitario y con los clientes, no solo internamente.

También es útil hablar con clientes y proveedores británicos para acordar quién se encarga de cada trámite y quién asume los costes, y actualizar los precios y los plazos de entrega si procede. Una lista de comprobación sencilla, con las tareas, los responsables y las fechas, ayuda a que nada quede sin asignar en los primeros días del año. Y conviene dejar margen para resolver incidencias imprevistas en los primeros envíos.

Un acuerdo evita el peor escenario, pero no elimina el trabajo de adaptarse.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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