- El 2 de marzo arrancó en Bruselas la primera ronda para pactar la relación comercial de la UE con el Reino Unido.
- Pesan los desacuerdos sobre competencia leal, pesca y mecanismos de solución de controversias.
- El periodo de transición termina el 31 de diciembre de 2020: las empresas deben prepararse para un cambio en aduanas, normas y servicios.
El 2 de marzo de 2020 comenzó en Bruselas la primera ronda de negociaciones sobre la relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido, cuatro semanas después de que este abandonara oficialmente la Unión. Las delegaciones, de unos cien funcionarios cada una, abrieron las conversaciones con una sesión plenaria dirigida por Michel Barnier, por parte europea, y David Frost, por la británica. La ronda está prevista hasta el 5 de marzo.
El reloj corre en contra. El Reino Unido sigue aplicando las normas europeas durante el periodo de transición, que termina el 31 de diciembre de 2020, y el Gobierno británico había dejado claro que el 1 de enero de 2021 recuperaría su independencia económica y política. De lo que se pacte, o de lo que no se pacte, dependerá cómo comercien con ese país las empresas españolas y catalanas.
Qué se negocia
La UE y el Reino Unido buscan un acuerdo de libre comercio sin aranceles ni cuotas, pero con sus condiciones. Las diferencias se concentran en tres frentes: la competencia leal, es decir, que el Reino Unido no rebaje sus normas laborales, medioambientales o de ayudas públicas para competir con ventaja; el acceso a las aguas de pesca; y la forma de resolver las controversias y de supervisar el acuerdo.
Un acuerdo sin aranceles no equivale a seguir como hasta ahora. Aunque no se cobren aranceles, salir del mercado único supone controles aduaneros, declaraciones, normas de origen que acreditar y regulaciones distintas para productos y servicios. Todo ello añade tiempo y costes, incluso con un pacto comercial favorable. Un escenario sin acuerdo implicaría además aranceles según las reglas generales de la Organización Mundial del Comercio.
Qué significa para España
El Reino Unido es un destino turístico y un cliente importantes para España: cerca de 18 millones de británicos visitaron el país en 2019. También lo es para sectores como la automoción, la agroalimentación, la química o los servicios financieros y profesionales. Las empresas que venden a ese mercado o dependen de componentes británicos tienen mucho que ganar con claridad sobre las nuevas reglas.
Las familias también tienen asuntos pendientes: los residentes británicos en España y los españoles en el Reino Unido, el reconocimiento de cualificaciones profesionales, la circulación de datos personales o las pensiones. El acuerdo de retirada protege a quienes ya residían en el otro país antes del fin de la transición, pero no resuelve todo lo que vendrá después.
Qué conviene revisar
Las empresas con relaciones comerciales con el Reino Unido deberían analizar su cadena logística: aduanas, transporte, agentes, plazos de entrega y almacenaje. Conviene revisar los contratos, en especial las cláusulas de precio, divisa, ley aplicable y jurisdicción, y comprobar cómo afectaría un posible arancel al margen de cada producto.
También es útil revisar la protección de datos si se transfiere información personal al Reino Unido, y las licencias, marcas y registros que podrían verse afectados. Lo prudente es preparar al menos dos escenarios, con acuerdo y sin él, y revisarlos a medida que avancen las rondas de negociación. Su asesor puede ayudarle a identificar los puntos más sensibles. Merece la pena, además, designar a una persona responsable de seguir el proceso negociador y de informar a la dirección cuando haya novedades relevantes, para no depender de rumores.
Cuando falta un año para un cambio de reglas, el mejor momento para prepararse es antes de saber cuáles serán.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


