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La nueva ley de FP generaliza la formación dual

Por Pearson Specterlunes, 4 de abril de 20224 min de lectura

El BOE publicó el 1 de abril de 2022 la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional, que generaliza la formación dual y da más peso a las empresas. Qué cambia y con qué plazos.

El 1 de abril de 2022 el BOE publicó la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, que entra en vigor el 21 de abril y sustituye a la Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El Senado la aprobó de forma definitiva, sin cambios, el 23 de marzo; en el Congreso había salido adelante en diciembre de 2021 con 180 votos a favor, 88 en contra y 75 abstenciones. Según datos del ministerio, la FP superó por primera vez el millón de alumnos (1.013.912), tras crecer un 20 % en tres años.

Un sistema único

La ley crea un sistema único e integrado que reúne la formación para estudiantes, personas ocupadas y desempleadas y que pasa a depender de un solo ministerio, el de Educación y Formación Profesional. Ordena la oferta en cinco grados, de la A a la E, desde las microformaciones del grado A hasta los títulos y cursos de especialización de los grados D y E, y en tres niveles de competencia profesional. Todas las ofertas son acreditables y acumulables, y se crean registros estatales de formación y de acreditaciones de competencias, incluidas las adquiridas con la experiencia laboral.

El objetivo, según la propia ley, es responder a las aspiraciones de cualificación de las personas a lo largo de su vida y a las necesidades del tejido productivo. La ministra de Educación, Pilar Alegría, la presentó como un proyecto de país, y organizaciones empresariales y sindicatos apoyaron el texto.

Qué cambia para las empresas

La formación será dual: las ofertas de los grados C y D vinculadas al catálogo de estándares profesionales llevarán una fase de formación en la empresa, igual que los cursos de especialización de grado E. Esa fase ocupará al menos el 25 % de la duración total (el 20 % en las ofertas de nivel 1). Es una fase formativa, no productiva: la ley recuerda que no puede sustituir las funciones de una persona trabajadora.

Hay dos regímenes. En el general, la fase en empresa ocupa entre el 25 % y el 35 % de la duración, la empresa interviene en hasta el 20 % de los resultados de aprendizaje y no hay contrato: el alumnado no tiene relación laboral con ella. En el intensivo, la fase en empresa supera el 35 %, la empresa interviene en más del 30 % de los resultados de aprendizaje y el alumnado firma con ella un contrato laboral de formación.

Cada alumno tendrá un tutor dual en el centro y otro en la empresa, y un mismo tutor podrá atender a varias empresas si estas son pequeñas. La ley prevé que las pymes se agrupen en redes para rotar al alumnado y que los agentes sociales y los organismos intermedios las apoyen. La colaboración de la empresa se acreditará en las condiciones que fije un reglamento.

Plazos y qué conviene revisar

La ley da tiempo para pasar de lo antiguo a lo nuevo. El Gobierno debe aprobar, en seis meses y tras consultar a las comunidades autónomas, un calendario de implantación de cuatro años. La duración actual del periodo en empresa debe adecuarse a la nueva antes del 31 de diciembre de 2024, y el paso del sistema de beca de la FP dual al contrato de formación tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2028.

Para las empresas, la ley abre una decisión práctica: si quieren participar como entidad formadora y en qué régimen. Conviene valorar qué puestos pueden acoger alumnado con un tutor que tenga tiempo real para dedicarle; si la empresa es pequeña, informarse sobre redes con otras empresas del sector; y, en el régimen intensivo, tener presente que la relación es contractual, con las obligaciones laborales y de cotización que ello supone. Los detalles de acreditación y contratos se concretarán por reglamento. Consulte con su asesor cómo aplicarlo a su caso.

En la nueva FP, la empresa deja de ser un destino de prácticas para ser parte del aula.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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