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Arranca el certificado COVID digital de la UE para viajar

Por Pearson Specterjueves, 1 de julio de 20214 min de lectura

Desde el 1 de julio de 2021 se aplica en la UE el certificado COVID digital, que acredita vacunación, prueba negativa o recuperación. Cómo obtenerlo en España y en Cataluña y qué cambia al viajar.

El 1 de julio de 2021 empieza a aplicarse en toda la Unión Europea el certificado COVID digital de la UE, creado por el Reglamento (UE) 2021/953, de 14 de junio, para facilitar la libre circulación durante la pandemia. El Parlamento Europeo y el Consejo habían alcanzado el acuerdo el 20 de mayo y la pasarela que conecta los sistemas nacionales funciona desde el 1 de junio. Durante seis semanas, hasta el 12 de agosto, los Estados que aún no estén listos pueden emitir otros formatos, que los demás países deberían aceptar.

Qué acredita

El marco permite emitir tres tipos de certificado, cada uno por separado: de vacunación, que se expide tras cada dosis e indica si la pauta está completa; de prueba diagnóstica, para pruebas PCR (NAAT) o pruebas rápidas de antígenos de la lista común europea realizadas por profesionales sanitarios, con el tipo de prueba, la fecha y el resultado; y de recuperación, para quien ha pasado la enfermedad tras un resultado positivo en una prueba PCR, que puede expedirse como pronto once días después de esa prueba.

Se expide gratuitamente, en papel o en formato digital a elección del titular, con un código QR interoperable que permite verificar su autenticidad y con los datos también en formato legible, al menos en la lengua del país emisor y en inglés. Cada certificado lleva la advertencia de que no es un documento de viaje. Al verificarlo en otro país se comprueba la firma electrónica, sin notificarlo al emisor, y los datos no se almacenan.

Cómo obtenerlo en España y en Cataluña

España empezó a emitirlo el 7 de junio, unos veinte días antes de que fuera obligatorio. La sede electrónica del Ministerio de Sanidad permite obtener los certificados de vacunación y de recuperación a quien se haya vacunado en España o haya pasado la enfermedad, con certificado digital o Cl@ve permanente. Con carácter general los emiten las comunidades autónomas, y el de prueba diagnóstica solo se tramita por esa vía; el Ministerio preveía que todas pudieran emitir los tres, en formato electrónico y presencial, antes del 1 de julio. Es gratuito, tanto por vía electrónica como presencial.

En Cataluña, el Departament de Salut abrió el servicio el 8 de junio a través de la web La Meva Salut: en la pestaña «informes i resultats» está la sección «Certificat COVID Digital UE», desde donde se solicita el de vacunación o el de recuperación, este último a partir de los once días de una prueba positiva. El documento se genera en PDF con un código QR, en catalán, castellano e inglés. Cuando se anunció el servicio, el de prueba negativa aún no estaba disponible.

Viajes y turismo

El reglamento establece que tener el certificado no es condición previa para ejercer la libre circulación y que no puede haber discriminación por poseer un tipo de certificado u otro. Los países que acepten certificados de vacunación, de prueba negativa o de recuperación deben abstenerse de imponer restricciones adicionales, como pruebas o cuarentenas, salvo que sean necesarias y proporcionadas para proteger la salud pública. Si un Estado impone nuevas condiciones a los titulares, debe informar a la Comisión y a los demás Estados, si es posible 48 horas antes.

En España, desde el 7 de junio pueden entrar, sea cual sea su origen, los viajeros con la pauta completa de una vacuna autorizada por la EMA o la OMS, siempre que hayan pasado 14 días. Quienes llegan de países del espacio Schengen pueden acreditar vacunación, prueba negativa (por primera vez también de antígenos) o haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses, y los viajeros de la UE pueden usar el certificado emitido por cualquier país europeo. Siguen siendo obligatorios el sistema SpTH y el formulario de control sanitario. Según el Gobierno, se puede viajar sin certificado cumpliendo los requisitos sanitarios, pero la entrada será más lenta y podrán exigirse medidas adicionales.

Antes de viajar conviene llevar el certificado ya descargado, en el móvil y en papel, y comprobar qué exige cada país de destino, porque las normas siguen cambiando; fuera de la UE, cada país decide qué acepta. Consulte con su agencia de viajes o con las autoridades del país de destino.

El certificado no abre fronteras por sí solo, pero evita que cada país pida un papel distinto.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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