Almaraz seguirá hasta 2030

Claves
  • La Orden TED/864/2026 prorroga hasta el 8 de junio de 2030 las unidades I y II de Almaraz, que debían cerrar en 2027 y 2028.
  • El Gobierno lo justifica por la incertidumbre energética y asegura que el cierre del parque nuclear en 2035 no cambia.
  • Para las empresas, lo relevante es el precio de la energía y la capacidad firme del sistema mientras crecen renovables y almacenamiento.

El Boletín Oficial del Estado del viernes 14 de agosto de 2026 publicó la Orden TED/864/2026, de 12 de agosto, por la que el Ministerio para la Transición Ecológica renueva la autorización de explotación de la central nuclear de Almaraz, en Cáceres. Las unidades I y II podrán operar hasta el 8 de junio de 2030. El calendario anterior fijaba su cese el 1 de noviembre de 2027 y el 31 de octubre de 2028, respectivamente. La propietaria, a través de la sociedad Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, había solicitado la ampliación el 30 de octubre de 2025.

El Consejo de Seguridad Nuclear emitió un informe favorable, condicionado a que la explotación respete los límites y condiciones del anexo de la orden. El Ministerio justifica la prórroga por el contexto energético y el precio del gas tras la crisis de Oriente Medio y la guerra de Ucrania, la describe como una ampliación limitada y de corto plazo e insiste en que no supone coste para los consumidores y en que la fecha de cierre del conjunto del parque nuclear sigue fijada en 2035.

Por qué ahora

Almaraz aporta alrededor del 7 % de la electricidad que se produce en España, según los datos citados por la prensa, y es la central que más energía ha generado en la historia del país. Desde el apagón del 28 de abril de 2025, el debate sobre la capacidad firme del sistema, la que está disponible a cualquier hora y no depende del viento o del sol, ha cobrado peso.

El otro factor es el coste. Cuando el precio del gas sube, como ha ocurrido con la crisis de Oriente Medio, el precio mayorista de la electricidad tiende a subir con él, porque el gas marca el precio en muchas horas. Una central nuclear ya construida produce electricidad sin quemar gas, lo que aporta estabilidad al sistema, aunque no determina por sí sola el precio que paga cada consumidor.

Las propietarias y la prórroga

Almaraz pertenece a Iberdrola (53 %), Endesa (36 %) y Naturgy (11 %). Según la información publicada, Iberdrola y Endesa proponían una ampliación de diez años, pero Naturgy se oponía; como las decisiones requerían unanimidad, se pidió el plazo más corto, hasta 2030. Es un ejemplo de cómo la gobernanza de un activo compartido condiciona decisiones de largo plazo, algo que conviene tener presente en cualquier sociedad con varios socios.

Los otros reactores también tienen su recorrido: Cofrentes y Ascó I afrontarán en los próximos años el vencimiento de sus autorizaciones y deberán iniciar sus procedimientos de renovación ante el Consejo de Seguridad Nuclear. Empresarios catalanes han pedido que se reconsideren los calendarios de Ascó y Vandellós II, lo que sitúa el debate también en Cataluña.

Lectura para las empresas

Para los consumidores industriales, la prórroga reduce, sobre el papel, un factor de incertidumbre en la oferta de energía de los próximos años, pero no fija precios: el coste final de la factura seguirá dependiendo del mercado, de la contratación y de los peajes. Conviene revisar la estrategia de contratación, con precio fijo, indexado o mixto, y los plazos de renovación según el perfil de consumo de cada empresa.

La decisión también tiene críticos. Un estudio de investigadores de la Barcelona School of Economics y del IREC, publicado en julio, concluye que prolongar la vida de las centrales haría inalcanzable el objetivo de generación eléctrica renovable del PNIEC para 2030, fijado en el 81 %. El Gobierno defiende que la nuclear aporta capacidad firme mientras crecen las renovables y el almacenamiento. Para quien proyecte inversiones energéticas, el mensaje es que el marco seguirá siendo objeto de debate.

Una prórroga no es un cambio de modelo: da tiempo, y el tiempo hay que usarlo.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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