- El 5 de junio la SEC demandó a Binance, la mayor plataforma de criptoactivos del mundo, y al día siguiente a Coinbase.
- El reproche era el mismo: operar sin registro como intermediarios de valores.
- La jurisdicción pasa a ser una decisión de fondo: dónde está registrada la plataforma, qué normas la rigen y cómo se protegen los activos del cliente.
El 5 de junio de 2023 la SEC estadounidense demandó a Binance, la mayor plataforma de criptoactivos del mundo, y al día siguiente a Coinbase, por operar sin registro como intermediarios de valores. Era una ofensiva del regulador contra las grandes plataformas del sector.
Las demandas llegaban pocas semanas después de que Europa hubiera aprobado su propio marco para los criptoactivos. El contraste entre ambos enfoques, reglas previas por un lado y actuación a través de los tribunales por otro, ofrecía una lección práctica sobre cómo la forma de regular afecta a quienes operan en un mercado y a quienes confían en él su dinero. Para los usuarios, la noticia planteaba dudas muy prácticas sobre la seguridad de los fondos depositados y sobre la posibilidad de seguir operando con normalidad, preguntas que cualquier usuario de estas plataformas se planteaba.
Qué se les reprochaba
Detrás de las dos demandas estaba la SEC, el regulador estadounidense de los mercados de valores. El reproche era el mismo para ambas plataformas: no haberse registrado como intermediarios de valores, es decir, no cumplir las reglas que se exigen a quien intermedia en este tipo de productos.
Registrarse implica someterse a obligaciones de transparencia, de información al cliente y de supervisión. La tesis del regulador era que ciertas actividades de estas plataformas debían cumplir las mismas exigencias que cualquier otro intermediario de valores. Las empresas demandadas tenían derecho a defenderse y la cuestión quedaba en manos de los tribunales. Una demanda no equivale a una condena: el procedimiento puede prolongarse durante meses o años, y su resultado puede ser un acuerdo, una sentencia o un cambio en la forma de operar. Mientras tanto, persiste la incertidumbre jurídica.
Dos modelos de regulación
Mientras Europa aprobaba reglas claras, Estados Unidos regulaba a golpe de demanda. La diferencia es relevante: un reglamento previo permite a las empresas saber de antemano qué se espera de ellas, mientras que una demanda convierte un tribunal en el lugar donde se fijan los límites.
Ninguno de los dos modelos elimina la incertidumbre por completo, pero la naturaleza de esa incertidumbre cambia. Con reglas escritas, el reto es adaptarse a ellas; con litigios, el reto es esperar a que se resuelvan y asumir que el resultado puede modificar el modo de operar de todo el sector. Para las empresas del sector que operan desde Europa, la combinación de un marco europeo claro y un marco estadounidense en disputa complica la planificación, porque deben decidir qué mercados atender y bajo qué normas.
Por qué importa la jurisdicción
Para inversores e intermediarios, la jurisdicción en la que se opera pasaba a ser una decisión de fondo. Dónde está registrada una plataforma, qué normas la rigen y cómo se protegen los activos del cliente son preguntas que cualquiera debería poder responder antes de confiarle su dinero.
Si se opera con estos activos, conviene también conocer el tratamiento fiscal y las obligaciones de información que corresponden en cada caso, y no dar por hecho que lo que vale en un país vale en otro. Esto no es una recomendación de comprar ni de vender: se trata de saber con quién se opera y en qué condiciones, algo que un asesor puede ayudar a aclarar. Un hábito sencillo es comprobar en la web de cada plataforma qué entidad concreta presta el servicio, dónde está establecida, qué autorizaciones declara tener y cómo describe la custodia de los activos de los clientes. Y conviene no concentrar en un solo operador todo lo que se tiene en este tipo de activos, ni confiar en que una marca conocida equivalga a una garantía. La diversificación de custodios es una forma básica de prudencia.
En un sector en plena definición legal, la prudencia empieza por saber con quién se opera y bajo qué normas.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


