Reforma de las pensiones

Claves
  • El 16 de marzo el Gobierno aprobó la reforma, con una base máxima de cotización que sube de forma progresiva.
  • Se crea una cuota de solidaridad sobre los salarios más altos y se refuerza el mecanismo de equidad intergeneracional.
  • Directivos y profesionales deben planificar la jubilación con la nueva realidad: cuánto cubre la pensión pública y cuánto el ahorro propio.

El 16 de marzo de 2023 el Gobierno aprobó la reforma de las pensiones, que eleva progresivamente la base máxima de cotización, crea una cuota de solidaridad para los salarios más altos y refuerza el mecanismo de equidad intergeneracional. Era una de las grandes reformas pendientes del sistema público.

Las pensiones son un asunto que interesa a todas las edades, porque determinan qué cabe esperar del sistema público y cuánto debe aportar cada persona con su propio ahorro. Aunque la reforma se aplica de forma gradual, sus efectos se acumulan año a año, y por eso resulta útil entenderla pronto, tanto desde la empresa como desde el patrimonio personal. Los cambios en el sistema de pensiones tienen una particularidad: se aprueban en un momento, pero sus efectos se reparten a lo largo de muchos años, de modo que quien los analiza hoy debe pensar en horizontes largos.

Qué incluye la reforma

Tres medidas destacaban: una base máxima de cotización que sube de forma progresiva, una cuota de solidaridad que recae sobre los salarios más altos y un mecanismo de equidad intergeneracional reforzado. La base máxima es el tope de salario sobre el que se cotiza a la Seguridad Social: lo que supera ese tope no genera cotización.

Al subir ese tope, más parte del salario de los perfiles mejor pagados pasa a cotizar. La cuota de solidaridad se añade para los salarios que superan la base máxima, de manera que quien más cobra contribuye más al sistema. El mecanismo de equidad intergeneracional, por su parte, es una herramienta pensada para repartir el esfuerzo entre generaciones. Cada tramo de salario tiene así un tratamiento distinto: una parte cotiza de la forma habitual, otra lo hace hasta el tope y la que lo supera queda sujeta a la nueva cuota, lo que exige que las nóminas lo reflejen con exactitud.

Qué cambia para las empresas

Para las empresas, el coste laboral de los perfiles mejor pagados subiría año tras año. Al subir el tope, también aumentan las cotizaciones que la empresa abona por esos puestos, algo que pesa especialmente en compañías con muchos técnicos y directivos de alto salario.

Conviene incorporar el efecto a los presupuestos de personal y a la política retributiva de directivos y técnicos. Antes de proponer una subida de sueldo o de estructurar un paquete retributivo, es útil calcular su coste total para la empresa y su importe neto para la persona, porque el escalón de cotización puede cambiar la ecuación. En empresas con estructuras de retribución variable, como bonus o comisiones, el efecto puede ser mayor, porque estos conceptos elevan el salario total y pueden hacer que una persona supere el tope en determinados meses del año.

Qué cambia para directivos y profesionales

Para los directivos y profesionales, la planificación de la jubilación tenía que contar con ello. Mayores cotizaciones pueden traducirse, con el tiempo, en una pensión pública algo más alta, pero también reducen la renta disponible hoy. El equilibrio entre ambas cosas depende de la edad, de la trayectoria laboral y de las expectativas de cada persona.

Merece la pena revisar con un asesor cuánto del retiro se espera cubrir con la pensión pública y cuánto con ahorro propio, y con qué instrumentos. Es una conversación que conviene tener con calma y con tiempo, antes de que el calendario obligue a decidir, y que no exige comprar nada concreto sino tener un plan claro. Antes de tomar decisiones sobre aportaciones a planes privados o sobre el momento de la jubilación, conviene pedir una proyección personalizada de la pensión pública esperada y contrastarla con los gastos que se prevé tener en esa etapa.

Una reforma así no se nota de golpe, sino año a año, y por eso conviene incorporarla pronto a los cálculos.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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