Los planes de pensiones reducen su tope fiscal

Claves
  • El tope general de la reducción fiscal baja una cuarta parte respecto al ejercicio anterior.
  • La aportación empresarial permite ampliar el margen muy por encima del límite general.
  • Conviene recalcular el ahorro anual y comparar alternativas antes de la próxima declaración de la Renta.

La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, publicada en el BOE el 29 de diciembre, rebaja desde el 1 de enero el límite de aportaciones a planes de pensiones que da derecho a reducir la base imponible del IRPF. El tope conjunto para planes individuales y de empleo pasa de 2.000 a 1.500 euros anuales, o al 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas cuando esta cantidad sea menor.

Existe un margen adicional de hasta 8.500 euros, siempre que proceda de contribuciones de la empresa o de aportaciones del trabajador que no superen las de aquella. Es el segundo recorte seguido: en 2021 el límite ya había bajado de 8.000 a 2.000 euros. Para quien utiliza estos planes como herramienta de ahorro y de gestión de impuestos, el cálculo de cuánto compensa aportar cada año cambia de nuevo.

Cómo funciona la reducción

Las aportaciones a un plan de pensiones se restan de la base imponible general del IRPF, de modo que el ahorro fiscal depende del tipo marginal de cada contribuyente. A modo de ejemplo, con un tipo marginal del 40 %, una aportación de 1.500 euros supone una cuota menor de hasta 600 euros. Cuanto mayor es el tipo, mayor es el efecto, y por eso el recorte del tope afecta sobre todo a los tramos altos.

Conviene recordar que se trata de un diferimiento y no de una exención. Al rescatar el plan, ya sea en forma de capital o de renta, las prestaciones tributan como rendimientos del trabajo. La ventaja real está en la diferencia entre el tipo al que se deduce hoy y el tipo al que se tributará en el momento del rescate, además del rendimiento que genere el ahorro mientras tanto.

El papel de la empresa

El margen adicional de 8.500 euros convierte a los planes de empleo en la vía más eficiente para aportar cantidades elevadas. La Dirección General de Tributos ha precisado que en el límite general de 1.500 euros caben tanto las aportaciones del contribuyente como las contribuciones empresariales, y que el exceso sobre esa cifra solo se aprovecha cuando procede de la empresa o está igualado por ella.

En la práctica, si la empresa aporta 4.250 euros, el trabajador puede aportar hasta otros 4.250 y completar los 8.500. Para las compañías que ofrecen planes de empleo o estudian hacerlo, esto abre una vía de retribución con ventaja fiscal para su plantilla y para los socios que trabajan en ella, siempre que se diseñe con cuidado y se documente bien.

Qué conviene revisar

Lo primero es comprobar las aportaciones periódicas ya programadas para 2022, porque muchas se fijaron con el límite anterior. Las cantidades que superen el máximo no darán derecho a reducción, y conviene detectarlo cuanto antes para no acumular aportaciones sin utilidad fiscal. Después, valorar si el importe sigue encajando en la estrategia de ahorro, atendiendo a la liquidez, al horizonte y a la fiscalidad del rescate.

También es buen momento para comparar con otras fórmulas de ahorro e inversión a largo plazo, que no tienen este límite, y para revisar los planes de empleo de la empresa. Cada situación depende de los ingresos, del tipo marginal, de la edad y de los objetivos, por lo que lo prudente es consultar con su asesor antes de modificar importes o de trasladar el ahorro de un instrumento a otro. Y si los ingresos o la situación familiar han cambiado, conviene recalcular también qué miembro de la familia obtiene la mayor ventaja fiscal al aportar.

Un tope más bajo no resta utilidad al plan como herramienta a largo plazo, pero obliga a recalcular cuánto compensa aportar cada año.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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