- Desde el 12 de julio existe una definición común europea de actividad ambientalmente sostenible.
- Para encajar, una actividad debe contribuir a un objetivo ambiental, no perjudicar a los demás y respetar unas garantías sociales mínimas.
- Afecta a quien ofrece productos financieros como sostenibles y a las grandes empresas que publican información no financiera.
El Reglamento (UE) 2020/852, fechado el 18 de junio de 2020, entró en vigor el domingo 12 de julio. Se conoce como Reglamento de Taxonomía y establece, por primera vez, un sistema común para clasificar qué actividades económicas pueden considerarse ambientalmente sostenibles en la Unión Europea. No prohíbe ni obliga a invertir en nada concreto: fija un lenguaje compartido.
Hasta ahora cada gestora, banco o empresa utilizaba sus propios criterios para hablar de inversión «verde», lo que dificultaba comparar y facilitaba el llamado lavado verde. La taxonomía pretende que las etiquetas signifiquen lo mismo en todos los países. Para las familias con patrimonio y para las empresas que buscan financiación, es el marco que condicionará en los próximos años cómo se presentan los productos y la información. Quien hoy elige un fondo o una cartera presentada como sostenible debería saber que, a partir de ahora, esa palabra tendrá un contenido regulado y no solo comercial.
Los seis objetivos
El reglamento define seis objetivos ambientales: mitigación del cambio climático, adaptación a él, uso sostenible de los recursos hídricos y marinos, transición hacia una economía circular, prevención de la contaminación y protección de la biodiversidad y los ecosistemas. Una actividad solo se considera sostenible si contribuye de forma sustancial a al menos uno de ellos. Son categorías amplias: un mismo proyecto puede contribuir a varios objetivos o a ninguno, y eso se evalúa con criterios técnicos, no con declaraciones generales de intenciones.
Pero eso no basta. También debe cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los otros cinco, respetar unas garantías mínimas en materia social y laboral y ajustarse a unos criterios técnicos de selección que la Comisión debe desarrollar mediante actos delegados. Es decir, el reglamento es el marco; el detalle numérico llegará después. Mientras tanto, conviene desconfiar de las comparaciones demasiado sencillas: una misma actividad puede encajar en un caso y no en otro según cómo se desarrolle.
Quién queda afectado
La norma se dirige, en primer lugar, a quienes ofrecen productos financieros presentados como ambientalmente sostenibles: tendrán que explicar en qué medida las inversiones subyacentes se ajustan a la taxonomía. Alcanza también a las empresas obligadas a publicar información no financiera, que deberán indicar qué parte de su actividad es sostenible según estos criterios, y a las instituciones europeas y los Estados cuando definan medidas o etiquetas públicas.
La aplicación será escalonada: primero los objetivos climáticos, a partir de 2022, y después los otros cuatro, a partir de 2023. Eso da margen, aunque no tanto como parece. Las pymes no cotizadas no están obligadas directamente, pero es previsible que sus bancos y sus grandes clientes les pidan datos para completar su propia información. Las empresas que vendan a grandes compradores europeos harán bien en preparar con tiempo datos básicos sobre consumo de energía, emisiones y gestión de residuos.
Qué conviene revisar
Para una empresa, lo razonable es saber si está dentro del ámbito de la información no financiera y, si no lo está, si sus financiadores o clientes empezarán a preguntarle por su impacto ambiental. Identificar qué actividades podrían encajar, y con qué criterios, es un trabajo previo de poca inversión y mucha utilidad.
Para una familia con inversiones, la taxonomía no dice si un producto es bueno o malo ni si será más o menos rentable: solo clasifica su dimensión ambiental. Al revisar una cartera, conviene leer qué porcentaje se alinea realmente con la taxonomía, qué otros criterios se aplican y consultar con su asesor financiero regulado. Esta nota es informativa y no recomienda ningún producto.
Un lenguaje común no garantiza buenos resultados, pero permite comparar con las mismas reglas.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


