- El 17 de enero se constituyó el Parlament de la XII legislatura, y Roger Torrent fue elegido presidente en segunda votación.
- El siguiente paso es la investidura del presidente de la Generalitat; hasta entonces no hay gobierno propio en Cataluña.
- Mientras tanto la administración sigue funcionando: conviene atender plazos y trámites con normalidad y seguir el calendario político.
El 17 de enero de 2018 se constituyó el Parlament de Catalunya surgido de las elecciones del 21 de diciembre, convocadas por el Gobierno central tras disolver la cámara en aplicación del artículo 155 de la Constitución. Roger Torrent, de Esquerra Republicana, fue elegido presidente de la cámara en segunda votación, con 65 votos, frente al candidato de Ciutadans.
Con 38 años, Torrent es el presidente más joven del Parlament desde la restauración democrática. La Mesa, el órgano que dirige los trabajos de la cámara, mantiene mayoría independentista. La sesión se celebró con ausencias de varios diputados electos que se encuentran fuera de Cataluña o en prisión provisional.
Cómo se constituye una cámara
Tras unas elecciones, el primer acto de un parlamento es elegir su Mesa. El presidente necesita mayoría absoluta en la primera votación, que en el Parlament son 68 de 135 diputados; si nadie la alcanza, se vota de nuevo y basta la mayoría simple. Es lo que ocurrió esta vez: la elección se resolvió en la segunda votación.
El presidente del Parlament tiene un papel clave en los pasos siguientes. Le corresponde, tras consultar a los grupos, proponer un candidato a presidir la Generalitat, y dirigir el debate de investidura. Hasta que ese candidato obtiene la confianza de la cámara, no se forma gobierno propio, y siguen aplicándose las medidas del artículo 155. El debate de investidura exige además que el candidato cuente con la confianza de la cámara, y su resultado depende de los apoyos parlamentarios que logre reunir, algo que en ese momento estaba aún por aclarar.
Qué significa para empresas
Un parlamento constituido es una condición para que haya actividad legislativa y política ordinaria, pero no cambia por sí solo las reglas que afectan a una empresa: los impuestos, las licencias y los trámites siguen siendo los vigentes. Las novedades llegarán, en su caso, cuando haya gobierno y se retomen proyectos de ley y presupuestos. Quien tenga actividad en Cataluña haría bien en distinguir entre lo que ya es seguro, como las obligaciones fiscales y los plazos vigentes, y lo que depende de decisiones políticas futuras, para no mezclar ambas cosas en sus planes ni en sus contratos.
Las empresas que trabajan con la administración catalana, o dependen de subvenciones, autorizaciones y concursos públicos, notan sobre todo el ritmo de los procedimientos. Si un plazo depende de una decisión política, conviene preguntar a la administración competente y dejar constancia por escrito, en lugar de suponer que habrá retrasos o cambios. Mientras tanto, los trámites de la administración catalana, como las licencias, las subvenciones y la contratación pública, se rigen por la normativa vigente y por sus plazos habituales.
Qué conviene seguir
El calendario inmediato es el de la investidura: la propuesta de candidato, la votación y, en su caso, el nombramiento del nuevo Govern. Cada una de esas fases tiene plazos que fija el Estatuto y el reglamento de la cámara, y los medios las seguirán con atención. Lo prudente es informarse a través de fuentes oficiales y no tomar decisiones por rumores.
Para quien planifica inversiones, contrataciones o expansiones en Cataluña, resulta útil mantener un escenario alternativo en que los plazos políticos se alarguen, sin renunciar a los planes. Su asesor jurídico puede ayudarle a identificar qué trámites dependen de la administración autonómica y cuáles del Estado. Si hay contratos o autorizaciones con plazos que vencen en los próximos meses, es razonable adelantar gestiones y documentar cada comunicación con la administración, para poder acreditar el cumplimiento de los plazos si algún día se cuestiona.
La normalidad institucional se mide por los plazos más que por los titulares.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


