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Gran reforma fiscal en Estados Unidos

Por Pearson Specterlunes, 25 de diciembre de 20174 min de lectura

El 22 de diciembre Trump firmó la reforma fiscal que rebaja el impuesto de sociedades del 35 % al 21 %; muchas multinacionales anunciaron repatriar beneficios.

El 22 de diciembre de 2017 Donald Trump firmó la reforma fiscal que rebajaba el impuesto de sociedades del 35 % al 21 %. Muchas multinacionales estadounidenses anunciaron repatriación de beneficios. Era una reforma de gran calado, y su alcance no se limitaba a las fronteras del país: modificaba el atractivo relativo de producir, invertir y declarar beneficios en distintos lugares del mundo. Las decisiones fiscales de una gran economía rara vez se quedan dentro de sus fronteras.

Para los empresarios y asesores europeos, la noticia tenía dos lecturas. Por un lado, mejoraba la competitividad fiscal de las empresas estadounidenses, que ahora pagarían menos por cada dólar de beneficio. Por otro, planteaba a los demás países la pregunta de si debían responder con cambios propios para no perder inversión y actividad. Era un movimiento de gran escala cuyos efectos se irían viendo con el tiempo. Hasta entonces, la prudencia aconseja distinguir entre lo anunciado y lo que se materializa.

Qué cambia con la reforma

Reducir el tipo del impuesto de sociedades supone que las empresas pagan menos por cada dólar de beneficio. El objetivo declarado es estimular la inversión y la contratación, aunque el efecto concreto depende de cómo decida cada compañía usar el ahorro y de cómo evolucione el déficit público. Una rebaja fiscal puede traducirse en más inversión, en más dividendos o en menos deuda, según la estrategia de cada empresa.

Para el Estado, una menor recaudación obliga a compensarla con crecimiento, con menos gasto o con más deuda. Esa ecuación fiscal es uno de los principales debates que acompañan a una reforma de este tipo, y su resolución afectará a los tipos de interés y a la evolución económica del país. Conviene, por tanto, mirar con cautela las promesas de efectos inmediatos, y esperar a ver cómo se comportan las empresas y las cuentas públicas.

Repatriación de beneficios

Repatriar significa traer a Estados Unidos beneficios que las multinacionales mantenían en el extranjero. Esos movimientos pueden influir en las divisas, en la distribución de dividendos y en las decisiones de inversión de grandes grupos con presencia también en Europa. Cuando una empresa decide dónde situar sus beneficios, la fiscalidad es uno de los factores principales, y cualquier cambio de reglas reordena esas decisiones.

Para las filiales europeas de estos grupos, la reforma puede traducirse en cambios de estrategia, en decisiones sobre dónde invertir o en nuevas prioridades de gestión. Proveedores, clientes y empleados de esas filiales pueden notar los efectos, de forma indirecta pero real. Seguir las comunicaciones de las empresas con las que se trabaja y mantener un diálogo abierto permite anticiparse a posibles cambios. Una conversación con la matriz o con los gestores locales suele aportar más claridad que cualquier previsión.

Competencia fiscal

Con un tipo mucho más bajo en Estados Unidos, otros países se enfrentan a la presión de revisar su fiscalidad para seguir siendo atractivos. Las empresas europeas con filiales o competidores estadounidenses deberían seguir cómo evolucionan las normas, con ayuda de su asesor fiscal. La competencia fiscal entre países es un fenómeno conocido, y una reforma de esta magnitud lo intensifica. Los países pequeños y medianos deben decidir si compiten, se coordinan o esperan.

Para una empresa española, no hay necesidad de reaccionar de inmediato, pero sí de entender qué podría cambiar y cuándo. Conviene revisar la estructura del grupo, los flujos entre sociedades y los acuerdos con clientes o proveedores estadounidenses, y valorar con el asesor si alguna de las decisiones tomadas en el pasado merece revisión. Anticiparse a los cambios fiscales es siempre más barato que adaptarse a ellos a última hora.

Las reformas fiscales de las grandes economías acaban llegando a las pequeñas.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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