Lo que la ley exige a su empresa, comprobado y con un plan.

Cumplimiento básico de la empresa

Una empresa tiene obligaciones que no se ven hasta que alguien las pide: protección de datos, canal de denuncias, prevención de delitos, libros y registros. Un incumplimiento pequeño puede costar caro, y de algunos responde personalmente el administrador.

Comprobamos una lista de puntos de cumplimiento, le decimos cuáles cumple, cuáles faltan y cuáles están en curso, y le dejamos un plan a seis meses. Si usted lo desea, un abogado colegiado de nuestros asociados puede ocuparse después del seguimiento.

Tipo de encargo
Proyecto cerrado
Plazo orientativo
El informe de situación, habitualmente, entre cuatro y seis semanas; el plan, a seis meses.
Honorarios
Por escrito, antes de empezar
Quién lo presta y firma
Un abogado colegiado de nuestros asociados, coordinado con Empresas para lo laboral y lo contable.

Aquí se comprueba lo que la ley exige a la empresa; las obligaciones laborales de cada mes (registro horario, igualdad, prevención) se llevan en Empresas, en Laboral.

Cuándo hace falta

  • Nunca ha revisado cómo cumple su empresa
  • Su plantilla ha llegado a 50 trabajadores
  • Un cliente, un banco o un inversor le pide acreditar su cumplimiento
  • Es administrador y quiere saber de qué responde personalmente

Por qué importa

I

Una lista, con estado

Cada punto: cumple, falta o en curso.

II

Un plan a seis meses

Qué hacer, en qué orden y quién lo hace.

III

También el administrador

Los deberes y la responsabilidad personal de quien administra.

Qué incluye
  • Protección de datos personales
  • Sistema interno de información (canal de denuncias)
  • Prevención del blanqueo de capitales, si su actividad lo exige
  • Prevención de delitos (compliance penal)
  • Deberes y responsabilidad de los administradores
  • Libros societarios, titularidad real y marcas
Qué no incluye
  • Defender en un procedimiento penal, una inspección o una investigación: es un asunto aparte
  • Garantizar que no habrá sanciones: comprobamos y proponemos, y cumplir depende de la empresa
Para quién es
  • Empresas con plantilla que nunca han revisado su cumplimiento
  • Administradores que quieren saber de qué responden personalmente
Cuatro bloques

Qué se comprueba.

I

Datos y denuncias

Lo que protege a las personas que tratan con la empresa.

  • Protección de datos personales: registro de actividades, información y contratos con proveedores
  • Sistema interno de información (canal de denuncias), obligatorio desde 50 trabajadores
II

Dinero y delitos

Lo que protege a la empresa y a sus administradores.

  • Prevención del blanqueo de capitales, si su actividad lo exige
  • Modelo de prevención de delitos
  • Deberes y responsabilidad del administrador
III

La sociedad

Lo que la hace existir con orden.

  • Libros societarios y depósito de cuentas
  • Titularidad real
  • Marcas, dominios y propiedad intelectual
IV

Las personas

Lo que la ley exige a una empresa con plantilla.

  • Registro horario y registro retributivo
  • Igualdad
  • Prevención de riesgos laborales
Cómo empieza

Una primera reunión para ver la actividad, la plantilla y los clientes de la empresa; con eso decidimos qué puntos de la lista le aplican.

Qué traer
  • Los estatutos, los libros y la titularidad real
  • El número de trabajadores y los contratos tipo
  • Cómo trata datos personales: web, clientes, empleados y proveedores
  • Si ya tiene canal de denuncias, protocolo de acoso o modelo de prevención de delitos
Qué recibe
  1. 01Informe de situaciónCada punto, con su estado —cumple, falta o en curso— y un semáforo.
  2. 02Plan a seis mesesQué hacer, en qué orden y quién lo hace.
  3. 03Documentos que faltenPreparados por un abogado colegiado: registro de actividades, política del canal de denuncias, modelo de prevención.
  4. 04Seguimiento, si lo deseaDelegado de protección de datos y gestión del canal de denuncias, por un abogado colegiado de nuestros asociados, con propuesta por escrito.
Preguntas frecuentes
¿Mi empresa necesita un canal de denuncias?

Si tiene 50 o más trabajadores, la Ley 2/2023 obliga a tener un sistema interno de información. Con menos, depende; lo comprobamos.

¿Qué es el compliance penal?

Un modelo de organización y de control para prevenir delitos dentro de la empresa. La ley lo tiene en cuenta al atribuir responsabilidad penal a la persona jurídica (artículo 31 bis del Código Penal).

¿Respondo personalmente como administrador?

En algunos casos, sí: la ley fija deberes de diligencia y de lealtad a los administradores y prevé su responsabilidad. Lo vemos en el informe.

«Lo que la ley exige, antes de que lo pida nadie.»
Pearson Specter · Legal

Contenido de carácter orientativo. Los servicios legales los presta y firma un abogado colegiado de nuestros asociados.

Una conversación, cuando usted lo decida.

Respondemos a toda consulta en menos de 24 horas laborables, con total confidencialidad.

Lo primero que le pediremos: los estatutos, los libros y la titularidad real.