- El 26 de febrero el Congreso derogó los reales decretos-ley 2/2026 y 4/2026 y convalidó el de las pensiones.
- Caen la moratoria antidesahucios, la prohibición de cortes de suministros básicos y ayudas fiscales ligadas a catástrofes y al vehículo eléctrico.
- Un decreto-ley rige desde su publicación, pero depende de la convalidación: no conviene basar decisiones largas en medidas provisionales.
El jueves 26 de febrero de 2026 el Pleno del Congreso de los Diputados no convalidó dos decretos-ley del Gobierno. El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, de medidas urgentes por vulnerabilidad social, en materia tributaria y de financiación territorial, fue rechazado por 177 votos en contra, 172 a favor y una abstención, con PP, Vox y Junts en contra. Tampoco salió adelante el Real Decreto-ley 4/2026, de 10 de febrero, que establecía límites de precio para bienes y servicios en situaciones de emergencia.
Sí se convalidó el decreto de revalorización de las pensiones, que sube un 2,7 % las pensiones contributivas, y el que recoge las ayudas a las víctimas del accidente ferroviario de Adamuz. Con ello, el Gobierno conserva la subida de las pensiones, pero pierde, entre otras medidas, la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la suspensión de desahucios de hogares vulnerables, que había aprobado el 3 de febrero.
Qué medidas decaen
Con la derogación del Real Decreto-ley 2/2026 decaen la prórroga de la moratoria antidesahucios, la prohibición de cortar suministros básicos como el agua o la luz, la ampliación del bono social eléctrico y varias ayudas fiscales, entre ellas las vinculadas a catástrofes como la DANA y los incendios forestales y los incentivos al vehículo eléctrico. Con el Real Decreto-ley 4/2026 desaparecen los topes de precio en emergencias.
La derogación no borra lo ocurrido mientras el decreto estuvo en vigor: sus efectos se mantienen hasta que se publique el acuerdo de derogación en el BOE. A partir de entonces, las medidas dejan de aplicarse, y lo que vuelva a regir será la normativa anterior al decreto.
Cómo funciona un decreto-ley
La Constitución permite al Gobierno aprobar decretos-ley en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Entran en vigor al publicarse en el BOE, pero el Congreso debe pronunciarse en el plazo de treinta días: si los convalida, siguen adelante; si no, quedan derogados. Además, no pueden afectar a los derechos, deberes y libertades del Título I de la Constitución, al régimen de las comunidades autónomas ni al derecho electoral general. Es una herramienta pensada para emergencias, que obliga al Ejecutivo a contar con apoyo parlamentario para que sus medidas no sean provisionales.
No es la primera vez en poco tiempo. En enero el Congreso ya había tumbado un decreto «ómnibus» que reunía la subida de las pensiones con otras medidas, y el Gobierno lo separó después en varios textos, de los que ahora han tenido resultados distintos. Para quien planifica, la lección es que una medida en un decreto-ley es válida pero precaria hasta que se convalida. Si el Gobierno quiere dar continuidad a una medida rechazada, debe tramitarla por otra vía, como un proyecto de ley o un nuevo decreto-ley, lo que puede retrasarla.
Qué conviene revisar
Los propietarios con procesos de desahucio en marcha y los hogares vulnerables afectados deben consultar con su abogado en qué situación procesal se encuentran, porque la suspensión prorrogada ya no estará vigente cuando se publique la derogación. En el ámbito social, los servicios municipales siguen siendo la vía para buscar alternativas habitacionales.
Las empresas y particulares que pensaban acogerse a deducciones o ayudas fiscales previstas en el decreto, por ejemplo para un vehículo eléctrico, deberían esperar a la publicación en el BOE y a los criterios de la Administración antes de comprometer inversiones. Las dudas sobre qué parte de una ayuda o exención sigue vigente se resolverán con los criterios que publique la Agencia Tributaria, que conviene consultar cuando se publique el acuerdo. Consulte con su asesor antes de decidir.
Una medida urgente solo es firme cuando el Parlamento la convalida.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


