Europa exigirá informes de sostenibilidad

Claves
  • La directiva CSRD sustituye la información no financiera por un informe de sostenibilidad más amplio y comparable.
  • Se aplica por fases: empresas ya obligadas en 2024, el resto de grandes en 2025 y cotizadas pequeñas en 2026.
  • El informe irá en el informe de gestión, en formato digital y con una verificación externa de nivel limitado.

El 5 de enero de 2023 entró en vigor la Directiva (UE) 2022/2464, conocida como CSRD por sus siglas en inglés. Se aprobó el 14 de diciembre de 2022 y se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de diciembre. Los Estados miembros tienen hasta el 6 de julio de 2024 para trasponerla, y el calendario de aplicación empieza con los ejercicios que arranquen el 1 de enero de 2024.

La norma amplía de forma notable el número de empresas que deberán rendir cuentas sobre su impacto ambiental y social y sobre los riesgos que la sostenibilidad supone para su negocio. Para empresas familiares y grupos medianos, muchos de ellos proveedores de compañías obligadas, es una señal de que la información no financiera deja de ser voluntaria y pasa a ser un deber regulado. Como los primeros ejercicios afectados empiezan en 2024, los datos que se publiquen en 2025 se empezarán a recoger apenas un año después de la entrada en vigor.

Quién informa y cuándo

El primer grupo está formado por las grandes entidades de interés público que ya informaban bajo la normativa anterior y superan los 500 empleados: aplican la directiva a los ejercicios que empiecen en 2024 y publican en 2025. Después vienen las demás grandes empresas, a partir de los ejercicios de 2025. Se considera gran empresa la que supera dos de tres límites: 250 empleados, 40 millones de euros de cifra de negocios o 20 millones de activo.

En tercer lugar, las pequeñas y medianas empresas cotizadas, excepto las microempresas, empiezan con los ejercicios de 2026 y durante dos años podrán omitir la información explicando por qué. Las empresas de fuera de la Unión con más de 150 millones de euros de ventas en el territorio comunitario quedarán incluidas en una fase posterior, la de los ejercicios que comiencen en 2028.

Qué contendrá el informe

El informe de sostenibilidad formará parte del informe de gestión y seguirá unas normas europeas que la Comisión debe adoptar por actos delegados, la primera serie a más tardar el 30 de junio de 2023. Aplica la llamada doble significatividad: la empresa explica tanto cómo la sostenibilidad afecta a su negocio como el impacto de su actividad en las personas y el medio ambiente.

La información deberá presentarse en un formato electrónico común y marcada digitalmente, para que pueda leerse y compararse con facilidad. Además, un auditor o un verificador independiente emitirá una conclusión, de momento con un nivel de seguridad limitado, lo que acerca estos datos al rigor de la información financiera. Las empresas deberán, por tanto, incorporar los datos de sostenibilidad a sus procesos de cierre, con controles internos comparables a los de las cuentas anuales.

Cómo prepararse desde ahora

Aunque la empresa no esté entre las primeras obligadas, conviene saber en qué fase le tocaría y cuánto tiempo hay para recoger datos fiables sobre energía, emisiones, plantilla o cadena de suministro. La experiencia indica que recopilar la información lleva más que redactarla, y que los sistemas internos suelen necesitar ajustes. Una buena práctica es designar un responsable interno y fijar ya los criterios de recogida de datos, porque lo que se publique dependerá de lo que se registre durante todo el ejercicio.

También conviene vigilar el efecto indirecto: bancos, grandes clientes y aseguradoras que informen bajo la directiva pedirán datos a sus proveedores y a las empresas que financian. Anticiparse permite responder con orden, sin improvisar. Todo esto es información general; el alcance exacto dependerá de cómo cada Estado traspoga la norma.

La información sobre sostenibilidad deja de ser un gesto de imagen y se acerca a la contabilidad.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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