Presupuestos de 2023

Claves
  • El 4 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Presupuestos para 2023.
  • Incluía una rebaja del IRPF para rentas bajas y una subida de la tributación de las rentas del ahorro más altas.
  • Es un proyecto, no una ley: indica una dirección, pero conviene esperar a la norma antes de decidir cuándo realizar una plusvalía o cobrar un dividendo.

El 4 de octubre de 2022 el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2023, que incluía una rebaja del IRPF para las rentas bajas y una subida de la tributación de las rentas del ahorro más altas. Era el punto de partida de un proceso parlamentario en el que las medidas podían cambiar, pero ya marcaba la orientación de la política fiscal para el año siguiente.

Los Presupuestos no son solo un documento contable: resumen las prioridades de un Gobierno sobre cuánto gastar, en qué y cómo financiarlo. Para empresas y familias, su relevancia está en los cambios fiscales que pueden introducir, en las ayudas que prevén y en el escenario económico en que se basan. Leerlos con calma, sin dar por hecho nada hasta su aprobación, permite anticipar el entorno y preparar las decisiones del año.

Un proyecto, no una ley

Un proyecto de Presupuestos es el texto que el Gobierno envía al Parlamento para su debate y aprobación. Hasta que se aprueba definitivamente, las medidas pueden cambiar, de modo que lo anunciado indica una dirección, pero no es todavía una norma en vigor.

Durante la tramitación, los grupos parlamentarios pueden proponer modificaciones, y el texto final puede diferir del inicial. Por eso es prudente distinguir entre lo propuesto y lo aprobado. Tomar decisiones definitivas sobre la base de un proyecto es arriesgado, aunque sí es útil preparar escenarios y calcular cómo afectarían las medidas si se aprobasen tal como se han presentado. Mientras tanto, las empresas y familias pueden revisar qué parte de sus ingresos procede del trabajo y cuál del ahorro, para entender qué medidas les afectarían más.

Rentas del trabajo y rentas del ahorro

El IRPF distingue entre las rentas del trabajo y las del ahorro, como intereses, dividendos y plusvalías. La rebaja alcanzaba a las rentas bajas, mientras que la subida se concentraba en los tramos más altos de las rentas del ahorro, lo que afecta sobre todo a quienes tienen un patrimonio financiero relevante.

Esta distinción es importante porque cada tipo de renta se grava con una escala distinta. Las rentas del trabajo, como el sueldo, tributan por una tabla progresiva; las del ahorro, por otra, con sus propios tramos. Cuando se modifica una de las dos, el efecto depende de qué proporción de los ingresos de cada persona o familia procede de cada fuente, algo que conviene tener claro antes de interpretar los titulares. Los tramos y tipos concretos solo se conocerán en el texto aprobado, y las comunidades autónomas también tienen competencias en parte del impuesto.

Cuándo realizar una plusvalía

Para las familias con patrimonio, el tramo del ahorro volvía a cambiar. Decidir cuándo realizar una plusvalía o cobrar un dividendo podía tener un efecto fiscal relevante. Es una decisión que no debe tomarse solo por motivos fiscales, y que conviene estudiar con un asesor, sopesando el calendario, el importe y el objetivo de cada operación.

Una plusvalía se genera cuando se vende un activo por más de lo que costó; hasta entonces, es solo una ganancia latente. El momento de la venta determina el ejercicio fiscal y el tipo aplicable. Pero la inversión tiene su propia lógica, y vender o mantener únicamente por razones fiscales puede llevar a malas decisiones. Lo prudente es analizar el conjunto: objetivos, riesgo, liquidez e impuestos. Esta nota es información general, no una recomendación. Cuando hay varias operaciones posibles, conviene ordenarlas por objetivo y no por impuesto, y comprobar después qué efecto fiscal tendría cada una.

La fiscalidad no debe dirigir la inversión, pero tampoco puede ignorarse.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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