Los avales ICO: así es el primer tramo

Claves
  • El BOE del 26 de marzo publicó el acuerdo que activa el primer tramo de 20.000 millones de la línea de avales del ICO.
  • La mitad se reserva a pymes y autónomos, con un aval de hasta el 80 % del préstamo; el resto, a otras empresas, con hasta un 70 % en operaciones nuevas.
  • Se avalan préstamos formalizados o renovados desde el 17 de marzo, y se piden a través de la entidad financiera.

El Boletín Oficial del Estado del 26 de marzo de 2020 publicó el acuerdo del Consejo de Ministros del día 24 que aprueba las características del primer tramo de la línea de avales para empresas y autónomos, por 20.000 millones de euros. Desarrolla el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que preveía una línea de hasta 100.000 millones. El aval lo aporta el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, lo gestiona el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y este debe ponerlo en marcha en un plazo de diez días.

La idea es que los bancos sigan prestando en un momento en que a muchas empresas les faltan ingresos y les sobran gastos fijos. Cuando el Estado avala una parte del préstamo, comparte el riesgo con la entidad, y a esta le resulta más fácil conceder crédito. Para el empresario no es una ayuda a fondo perdido: es financiación que hay que devolver, con una garantía pública detrás.

Qué cubre y a quién

De los 20.000 millones del tramo, 10.000 se destinan a pymes y autónomos y 10.000 a empresas que no lo son. Se consideran pymes las que tienen menos de 250 personas y no superan 50 millones de facturación o 43 de balance. El aval cubre como máximo el 80 % del préstamo en pymes y autónomos y, en el resto, el 70 % de las operaciones nuevas y el 60 % de las renovaciones. El vencimiento máximo es de cinco años y, en principio, se puede pedir hasta el 30 de septiembre de 2020.

Para acceder hay que tener domicilio en España, estar afectado por la crisis del COVID-19 y no figurar en situación de morosidad en la central de riesgos del Banco de España ni en concurso de acreedores. Los préstamos deben haberse formalizado o renovado después del 17 de marzo y servir para necesidades como pagar salarios o facturas, o atender vencimientos financieros o tributarios.

Cómo funciona en la práctica

El préstamo lo concede un banco u otra entidad autorizada, que es quien valora el riesgo en operaciones de hasta 50 millones; por encima de esa cifra el ICO exige un análisis complementario. El aval tiene un coste: en préstamos de hasta 1,5 millones, 20 puntos básicos sobre el importe avalado. Las ayudas de ese tamaño se rigen por las normas de minimis europeas y, por encima, por el marco temporal de ayudas de Estado.

Un punto que a veces se pasa por alto: el aval protege a la entidad, no al deudor. Aunque el Estado cubra hasta el 80 % de una pérdida, el empresario sigue debiendo la totalidad de lo prestado, y el banco puede exigirle garantías adicionales o aplicar sus propios criterios de riesgo. El aval facilita que el crédito se conceda, pero no lo convierte en gratuito ni en automático.

Qué conviene preparar

Antes de acudir al banco conviene cuantificar la necesidad de liquidez: nóminas, proveedores, impuestos y cuotas de los próximos meses, con un plan de tesorería realista. También reunir la documentación que acredite el impacto de la crisis y el estado de las cuentas, y comprobar que se está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

Y comparar alternativas antes de firmar: el ERTE, los aplazamientos de impuestos, las moratorias de otras deudas. Endeudarse más de lo necesario puede resolver el mes y complicar los años siguientes. Antes de formalizar el préstamo, revise con su asesor el tipo, las comisiones, la carencia y el plazo de devolución.

El aval facilita el crédito, pero la deuda sigue siendo suya.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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