- Forever 21 pidió el capítulo 11, un procedimiento que permite reorganizar una empresa sin liquidarla de inmediato.
- La compañía cerrará tiendas en Estados Unidos y casi todas las de Asia y Europa, y mantendrá México y Latinoamérica.
- Quien tenga relaciones comerciales con una empresa en concurso debe actuar con rapidez para proteger sus créditos.
El domingo 29 de septiembre de 2019, la cadena de moda rápida Forever 21 solicitó el amparo del capítulo 11 de la ley de quiebras de Estados Unidos. La empresa, con sede en Los Ángeles, anunció que cerraría hasta 178 tiendas estadounidenses de las más de 500 que tenía en el país, y que saldría de la mayor parte de sus tiendas de Asia y Europa, mientras mantendría su actividad en México y Latinoamérica. Qué tiendas cierran dependerá de las negociaciones con los propietarios de los locales.
El caso llegó una semana después de la quiebra del grupo turístico Thomas Cook, y el mismo lunes 30 en que dos aerolíneas europeas, la eslovena Adria Airways y la francesa XL Airways, cancelaron sus vuelos por dificultades financieras. Es una muestra del momento exigente que atraviesan varios sectores, desde la distribución minorista hasta el transporte aéreo, con márgenes ajustados y un consumidor que cambia sus hábitos. A ello se añade la competencia del comercio electrónico y de las marcas de moda ultrarrápida, que han presionado el modelo de gran tienda en centros comerciales.
Qué es el capítulo 11
El capítulo 11 es un procedimiento de reestructuración que permite a una empresa seguir operando mientras negocia con sus acreedores un plan para reducir deudas, renegociar contratos o vender activos. Desde que se solicita, rige una suspensión automática que impide a los acreedores cobrar o ejecutar garantías por su cuenta, y la dirección suele mantenerse al frente del negocio, bajo supervisión judicial. El plan de reorganización debe ser aprobado por los acreedores y validado por el juez, y puede tardar meses en negociarse.
En España, el equivalente es el concurso de acreedores, regulado por la Ley Concursal, que puede terminar en convenio o en liquidación, y que se complementa con instrumentos preventivos, como los acuerdos de refinanciación. Una directiva europea aprobada en junio de 2019 impulsa que todos los Estados miembros ofrezcan marcos de reestructuración preventiva, para que las empresas viables puedan reflotarse antes de llegar a la insolvencia.
Qué ocurre con proveedores y arrendadores
Para los proveedores, el efecto es inmediato: los créditos anteriores a la solicitud quedan congelados y se tratan según un orden de prelación en el procedimiento. Quienes siguen suministrando suelen exigir pagos al contado o por adelantado, y conviene saber que las entregas realizadas poco antes de la solicitud pueden tener un tratamiento especial. En un procedimiento de este tipo, los créditos se clasifican por categorías y cada categoría vota el plan, de modo que la posición negociadora depende del tipo de acreedor que se sea.
Los propietarios de locales comerciales también son parte interesada, porque la empresa puede decidir qué contratos de alquiler mantiene y cuáles rechaza. Para un propietario, el cierre de un inquilino de referencia afecta a la rentabilidad del activo y a la dinámica de un centro comercial.
Qué conviene revisar
Quien venda a empresas extranjeras debería revisar sus condiciones de cobro y garantías, y valorar el seguro de crédito comercial. Si un cliente anuncia un procedimiento de este tipo, lo prudente es verificar los plazos para comunicar créditos y acudir a un abogado del país donde se tramita, porque los plazos suelen ser breves.
En lo patrimonial, los inversores deben recordar que en un procedimiento de reestructuración el orden de cobro importa: primero los acreedores con garantía, después los comunes y, al final, los accionistas. Si tiene dudas sobre su exposición, consulte con su asesor.
Una quiebra no siempre es el final de una empresa, pero sí cambia las reglas para quienes le han prestado o vendido.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


