- El 28 de junio la UE y Mercosur (Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay) alcanzaron un acuerdo político de libre comercio tras unos veinte años de negociaciones.
- El acuerdo está pendiente de ratificación: faltaban el texto definitivo y la aprobación de instituciones y países.
- Quien exporte, importe o estudie nuevos mercados debería seguir el proceso y valorar con tiempo qué productos o servicios podrían verse afectados.
El 28 de junio de 2019 la Unión Europea y Mercosur, el bloque formado por Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay, alcanzaron un acuerdo político de libre comercio después de unos veinte años de negociaciones. Era un paso relevante tras tanto tiempo de negociación, aunque todavía quedaba un tramo importante: la redacción del texto definitivo y su ratificación. Para el comercio europeo, la noticia era relevante por el tamaño del mercado implicado, aunque su alcance práctico dependería de lo que se aprobara finalmente.
Veinte años de negociación dicen mucho sobre la complejidad de estos acuerdos. Cada sector tiene sus intereses y sus sensibilidades, y cada país sus equilibrios políticos internos. Por eso, cuando por fin se alcanza un acuerdo, conviene distinguir con claridad entre lo que se ha pactado en términos generales y lo que acabará siendo una norma aplicable. Para una empresa, solo esto último permite tomar decisiones con seguridad. Los acuerdos comerciales rara vez afectan por igual a todos los sectores, y suelen generar entusiasmo en unos y preocupación en otros.
Qué se había alcanzado
Un acuerdo de libre comercio reduce o elimina aranceles y otras barreras entre los países que lo firman. Se trata de facilitar que las mercancías y los servicios circulen con menos costes y menos trabas administrativas, de modo que las empresas de cada bloque puedan vender más fácilmente en el otro. Suele ir acompañado de normas sobre origen de los productos, estándares técnicos y resolución de disputas.
Que fuera un acuerdo político significaba que las partes habían cerrado los puntos principales, pero que aún faltaba el texto definitivo y su ratificación por las instituciones y los países implicados. Hasta ese momento, no se podía considerar vigente ninguna de las condiciones anunciadas, y el contenido podía matizarse durante el proceso. Es habitual que la letra pequeña determine el alcance real del pacto. Conviene recordar que la ratificación puede requerir la aprobación de varias instituciones y países, y que cada paso puede modificar el calendario.
Oportunidades y cautelas
Para las empresas europeas con interés en América del Sur, un acuerdo así podía abrir mercados y facilitar exportaciones. Sectores industriales, de servicios o de tecnología podían encontrar condiciones más favorables, y las compañías que ya operaban allí podían ver reducidos algunos costes. Las empresas catalanas y españolas, con vínculos históricos con la región, tenían motivos para seguir la negociación de cerca.
Al mismo tiempo, la entrada de productos de Mercosur podía generar competencia en algunos sectores, y no todos los productores se mostraban igual de convencidos. Los efectos concretos dependerían de lo que finalmente se ratificara y de los plazos de aplicación. Un acuerdo que se aplica de forma gradual da más tiempo para adaptarse, y uno inmediato exige reaccionar rápido.
Cómo seguirlo
Un empresario que exporte, importe o estudie nuevos mercados haría bien en seguir el proceso de ratificación y en valorar con tiempo qué productos o servicios podrían verse afectados. Conviene hacerse algunas preguntas sencillas: qué aranceles se pagan hoy, cuánto pesan en el precio final y qué competidores podrían beneficiarse o perjudicarse con el cambio.
Un acuerdo político todavía no cambia las reglas del día a día. Tomar decisiones de inversión o de precios a partir de un pacto no ratificado es arriesgado, y lo prudente es preparar escenarios para distintos calendarios. Con el asesor se puede valorar si compensa empezar a explorar contactos, estudiar canales de distribución o revisar contratos con vistas a una eventual apertura. Si el acuerdo se aplica finalmente, quienes hayan preparado el terreno estarán en mejor posición; y si no, la preparación habrá servido igualmente para conocer mejor el mercado.
Un acuerdo pendiente de ratificar es una perspectiva, no una norma.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


