- El Real Decreto 293/2018, publicado el 19 de mayo, prohíbe entregar gratis bolsas de plástico a los consumidores desde el 1 de julio de 2018.
- Los comercios deberán cobrar un importe por bolsa y exponer los precios; hay excepciones para las muy ligeras y las de plástico reciclado.
- En 2020 y 2021 llegan nuevas restricciones, y los fabricantes deberán inscribirse en el Registro de Productores de Productos.
El Boletín Oficial del Estado publicó el 19 de mayo de 2018 el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores de Productos. La norma incorpora al derecho español una directiva europea de 2015 y se aplica a todas las bolsas puestas en el mercado, incluida la venta en línea y la entrega a domicilio.
La medida principal entra en vigor el 1 de julio de 2018: queda prohibida la entrega gratuita de bolsas de plástico a los consumidores en los puntos de venta. Los comerciantes deberán cobrar una cantidad por cada bolsa que entreguen. La norma persigue reducir los residuos plásticos y su impacto en los ecosistemas acuáticos y en actividades como la pesca o el turismo.
Qué obligaciones fija
Desde el 1 de julio de 2018 se prohíbe la entrega gratuita, salvo en dos casos: las bolsas de plástico muy ligeras, de menos de 15 micras, necesarias por razones de higiene o como envase primario de alimentos a granel, y las de espesor igual o superior a 50 micras con al menos un 70 % de plástico reciclado. Para esta última excepción, el comerciante debe disponer de documentación del fabricante. Algunos comercios y algunas comunidades autónomas ya aplicaban medidas propias; el real decreto generaliza el criterio a todo el territorio y a todos los puntos de venta, incluida la venta en línea con entrega a domicilio.
Los comercios deben cobrar por cada bolsa que proporcionen y mostrar los precios en un lugar visible. El anexo propone precios orientativos: 5 céntimos para las muy finas fuera de las excepciones, 15 céntimos para las de espesor intermedio y las de 50 micras o más, y 10 céntimos para las de 50 micras o más con entre un 50 % y un 70 % de plástico reciclado.
El calendario
A partir del 1 de enero de 2020 se prohibirá entregar bolsas de plástico fragmentable, y las de 50 micras o más tendrán que contener al menos un 50 % de plástico reciclado. A partir del 1 de enero de 2021, quedará prohibida la entrega de bolsas ligeras y muy ligeras, salvo que sean de plástico compostable. Los comerciantes podrán optar por otros formatos de envase.
Los fabricantes de bolsas, incluidos los importadores de bolsas terminadas, deberán inscribirse en el Registro de Productores de Productos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del real decreto y remitir cada año, antes del 31 de marzo, información sobre las bolsas que pongan en el mercado. El incumplimiento se sanciona conforme a la ley de residuos.
Qué conviene revisar
Los comercios, de cualquier tamaño, deben decidir su política de bolsas antes del 1 de julio: qué tipos ofrecer, a qué precio y cómo informar al cliente. Conviene revisar el sistema de cobro, de forma que la bolsa figure en el ticket, y los carteles en tienda. También es útil hablar con los proveedores para obtener la documentación sobre el espesor y el contenido reciclado.
Las empresas que venden en línea y entregan en bolsas, y las que fabrican o importan bolsas, tienen obligaciones propias. Los sobres de plástico de la venta a distancia quedan excluidos de estas reglas, aunque pueden considerarse envases. Su asesor puede ayudarle a determinar qué se aplica a su actividad. Esta información es general.
Las bolsas de plástico dejan de ser un regalo y pasan a ser un producto con precio y reglas.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


