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La ley de paridad, publicada: plazos para los consejos

Por Pearson Specterlunes, 5 de agosto de 20245 min de lectura

La Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria, se publicó en el BOE el 2 de agosto de 2024 y entra en vigor el 22. Qué exige a los consejos de cotizadas y grandes entidades y desde cuándo.

El Boletín Oficial del Estado publicó el 2 de agosto de 2024 la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres. Entra en vigor a los veinte días de su publicación, es decir, el 22 de agosto. El Congreso había cerrado su tramitación el 23 de julio. Lo que en marzo de 2023 era un anteproyecto es ya una norma con calendario, y transpone la Directiva (UE) 2022/2381 sobre el equilibrio de género en los consejos de las cotizadas.

Qué exige a los consejos

La ley modifica la Ley de Sociedades de Capital. Las sociedades cotizadas deberán tener un consejo con al menos un 40 % de personas del sexo menos representado, sin que el mínimo necesario pueda superar el 49 % de los miembros. Si una vacante rompe el porcentaje, deberá recuperarse al nombrar al sustituto por cooptación y, de forma definitiva, en la primera junta general posterior. Para la alta dirección rige el mismo 40 %: si no se alcanza, la memoria debe explicar los motivos y las medidas para lograrlo.

Si una cotizada no alcanza el objetivo, debe ajustar sus procesos de selección: criterios claros fijados antes de empezar, comparación objetiva de las candidaturas y, a igual capacitación, preferencia por la persona del sexo menos representado, salvo motivos excepcionales justificados. Quien no sea elegido puede pedir las razones, y si quien demanda es del sexo menos representado y alega una capacitación igual, corresponde a la sociedad aportar una justificación objetiva y razonable.

Los plazos

Las 35 cotizadas con mayor capitalización bursátil —medida con la cotización de cierre del día de entrada en vigor, el 22 de agosto de 2024— deberán cumplirlo desde el 30 de junio de 2026. Para el resto de cotizadas, la fecha es el 30 de junio de 2027. La directiva europea también fija el 30 de junio de 2026 como fecha límite y deja que cada Estado elija entre un 40 % de los administradores no ejecutivos y un 33 % del total; la ley española es más exigente, porque pide un 40 % de todo el consejo.

La ley alcanza también a las entidades de interés público que, según la Ley de Auditoría de Cuentas, tengan esa consideración (entre otras, los bancos y las aseguradoras) y que superen los 250 trabajadores y, o bien 50 millones de euros de cifra de negocios, o bien 43 millones de activo. Para ellas, el consejo y la alta dirección deberán alcanzar el 33 % del sexo menos representado el 30 de junio de 2026 y el 40 % el 30 de junio de 2029. En las sociedades controladas por una familia, pueden excluirse del cómputo los consejeros ejecutivos y dominicales.

Qué más cambia y qué conviene revisar

El incumplimiento de las obligaciones sobre el 40 % del consejo y sobre la publicación de la información es una infracción grave de la Ley de los Mercados de Valores; la CNMV es competente para instruir los expedientes sancionadores y, junto con el Instituto de las Mujeres, se encarga del seguimiento y del apoyo al cumplimiento. Cada año, las cotizadas deberán publicar en su informe de sostenibilidad datos sobre la presencia del sexo menos representado en el consejo, y la CNMV publicará la lista de las que declaren haber alcanzado el objetivo.

La norma va más allá de las empresas: exige presencia equilibrada en las listas electorales, el Gobierno y los órganos constitucionales; los colegios profesionales deben alcanzar el 40 % el 30 de junio de 2029, y desde el 30 de junio de 2028 la norma se aplica también a sindicatos, asociaciones empresariales y fundaciones.

Para una empresa afectada, conviene empezar por la fotografía actual: cuántos puestos de consejo y de alta dirección ocupa cada sexo, cuándo vencen los mandatos y qué cargos se renuevan antes de junio de 2026 o de 2027. Una empresa familiar con acciones cotizadas debe ver cómo encajan los pactos y el protocolo familiar, que a menudo reservan puestos a la familia, con la nueva exigencia. Las sociedades que quedan fuera del ámbito de la ley pueden usar estos plazos como referencia para su propio gobierno corporativo. Consulte con su asesor mercantil cómo aplicarlo a su caso.

El porcentaje se alcanza en cada renovación del consejo, no en el último año.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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