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El IVA del gas natural baja al 5 % desde el 1 de octubre

Por Pearson Specterjueves, 22 de septiembre de 20224 min de lectura

El Real Decreto-ley 17/2022, publicado en el BOE del 21 de septiembre, reduce del 21 % al 5 % el IVA del gas natural, los pellets, las briquetas y la leña entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022.

El Consejo de Ministros aprobó el 20 de septiembre de 2022 el Real Decreto-ley 17/2022, publicado en el BOE del día 21 y en vigor desde el 22. Reduce del 21 % al 5 % el IVA del gas natural, que es el tipo mínimo que permite la normativa europea. La rebaja se aplica con efectos desde el 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2022, y el Gobierno la presenta como una respuesta al encarecimiento del gas ante la llegada del invierno.

Qué se rebaja

El tipo del 5 % se aplica a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural (artículo 5) y, con el mismo plazo, a las de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña (artículo 6), cuando se usan en sistemas de calefacción. El decreto lo aplica a todo el consumo de gas natural, no solo al de los hogares vulnerables, y a todos los componentes de la factura.

La rebaja no alcanza al gas licuado del petróleo (GLP), es decir, al butano y al propano. La vicepresidenta Teresa Ribera explicó el día de la aprobación que la lista de productos de la directiva europea del IVA que admiten un tipo reducido incluye la electricidad, el gas natural y la madera, pero no otros gases, y que esa lista podría cambiar si la Comisión Europea la modifica.

Para los particulares, el cambio se nota directamente en la factura. Para las empresas que pueden deducirse el IVA soportado, el efecto es sobre todo de tesorería, porque el IVA del gas se paga y se recupera en la declaración; lo que cambia es el importe que se adelanta.

Qué más aprobó el decreto

El mismo real decreto-ley incluye medidas para el sector eléctrico. Permite que las plantas de cogeneración industrial renuncien temporalmente a su retribución regulada para acogerse al mecanismo de ajuste del gas, la llamada excepción ibérica, con el fin de reactivar las que pararon en agosto: según el propio decreto, más de la mitad de la potencia instalada de cogeneración dejó de producir ese mes. Crea además un servicio de respuesta activa de la demanda, por el que consumidores industriales reciben un pago por reducir su consumo eléctrico cuando el sistema lo necesita, flexibiliza la capacidad de la red de transporte y agiliza los permisos de proyectos renovables.

El decreto reabre también el plazo para pedir la moratoria hipotecaria a los afectados por la erupción del volcán de La Palma. Y se suma a las medidas que ya estaban en vigor: IVA de la electricidad al 5 %, impuesto especial sobre la electricidad al 0,5 % y suspensión del impuesto del 7 % sobre la generación, que según Ribera han supuesto para los consumidores un ahorro superior a 10.000 millones de euros.

Qué conviene tener en cuenta

Es un cambio de tipo impositivo, no una ayuda: se aplica en la factura sin necesidad de solicitarlo. Conviene comprobar, cuando lleguen las facturas con consumos de octubre en adelante, que la comercializadora aplica el 5 % y no el 21 %. El Gobierno calcula que los consumidores ahorrarán unos 210 millones de euros en total.

La medida es temporal. La vicepresidenta Ribera dijo que el Gobierno vigilará la evolución y que, si fuera necesario, podría prorrogar las rebajas fiscales al año siguiente. Sin prórroga, el IVA del gas volvería al 21 % el 1 de enero de 2023, y conviene contar con ello al presupuestar los gastos de calefacción del invierno.

La rebaja alivia la factura del último trimestre de 2022; lo que ocurra después depende de una posible prórroga.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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