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Las pensiones suben un 0,9 % en 2021 y las no contributivas, un 1,8 %

Por Pearson Specterjueves, 14 de enero de 20214 min de lectura

La Ley de Presupuestos de 2021 revaloriza un 0,9 % las pensiones contributivas y un 1,8 % las no contributivas. Qué cambia, cuál es la pensión máxima y qué garantía prevé la ley frente a la inflación.

La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, publicada en el BOE del 31 de diciembre y en vigor desde el 1 de enero, fija cuánto suben este año las pensiones públicas. Su artículo 35 establece, con carácter general, un incremento del 0,9 % para las pensiones del sistema de la Seguridad Social y para las de Clases Pasivas del Estado.

Qué sube y cuánto

Las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las de Clases Pasivas suben un 0,9 % (artículo 39). Según el Ministerio de Hacienda, la subida alcanza a unos 9,76 millones de pensionistas. Las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez suben un 1,8 %, el doble, y quedan en 5.639,20 euros al año (artículo 44); Hacienda calculó que beneficiaría a unas 450.000 personas con menos recursos.

El artículo 43 recoge las cuantías mínimas de las pensiones contributivas. La de jubilación de un titular de 65 años con cónyuge a cargo queda en 11.914 euros al año, 851 euros al mes en catorce pagas, frente a 11.807,60 euros en 2020: un 0,9 % más. Sin cónyuge a cargo, el mínimo es de 9.655,80 euros anuales. Para cobrar el complemento por mínimos, en general los ingresos del pensionista por trabajo, capital o actividades no pueden superar los 7.707 euros al año.

La ley incluye además una garantía de poder adquisitivo (disposición adicional cuadragésima sexta). Si el IPC medio de los doce meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021 supera el 0,9 %, quienes ya cobraban su pensión a 1 de enero de 2021 recibirán, antes del 1 de abril de 2022 y en un único pago, la diferencia entre lo cobrado en 2021 y lo que habrían cobrado con esa inflación media. Solo se sabrá si procede cuando se publique el IPC de noviembre de 2021.

El techo de la pensión pública

El artículo 38 fija el límite máximo de la pensión pública que se reconozca en 2021: 2.707,49 euros íntegros al mes, o 37.904,86 euros al año si se cobran más o menos de catorce pagas. Los artículos 40 y 41 añaden que no se revalorizan las pensiones que ya superen esa cifra y que la subida de las demás no puede llevarlas por encima del límite anual. Por el lado de la cotización, la base máxima a la Seguridad Social queda fijada en 4.070,10 euros mensuales.

Para quien planifica su jubilación, la pensión pública sustituye solo una parte de los ingresos de quien ha cotizado por bases altas, porque tanto la base máxima de cotización como la pensión máxima están limitadas. La propia ley reduce, además, el margen del ahorro complementario: el límite de aportación anual a planes de pensiones individuales pasa a 2.000 euros, con 8.000 euros más si proceden de contribuciones empresariales.

Qué conviene revisar

La subida general es una actualización por ley, no una prestación que haya que solicitar. Conviene, en cambio, revisar tres cosas: que se sigue cumpliendo el requisito de ingresos del complemento por mínimos, porque quien lo cobra debe comunicar a la entidad gestora, en el plazo de un mes, que ha superado el límite de 7.707 euros; cómo cambia la renta disponible de la unidad familiar cuando se combinan pensión pública y rentas del ahorro; y, para quien está cerca de la jubilación, cuánta pensión pública puede esperar frente a su nivel de gasto. Consulte con su asesor cómo encaja en su caso.

La subida es pequeña, pero la cláusula de 2022 recuerda que la pensión se mide siempre frente a la inflación del año.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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