El 18 de julio de 2018 la Comisión Europea multó a Google por imponer restricciones a fabricantes y operadores con Android. Qué prácticas sanciona, el plazo de 90 días para ponerles fin y el recurso que ha anunciado la compañía.

El 18 de julio de 2018 la Comisión Europea impuso a Google una multa de 4.342.865.000 euros por infringir las normas de competencia de la Unión Europea. Según Bruselas, desde 2011 la compañía impuso restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos Android y a los operadores de telefonía móvil para consolidar la posición dominante de su buscador. La comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, explicó que Google utilizó Android como vehículo para afianzar el dominio de su motor de búsqueda.
Las tres prácticas
La decisión se refiere a tres tipos de restricciones contractuales. La primera es la vinculación de aplicaciones: Google exigía a los fabricantes preinstalar la aplicación de búsqueda y el navegador Chrome como condición para concederles la licencia de su tienda de aplicaciones, Google Play. La Comisión considera ilegal la vinculación de la aplicación de búsqueda desde 2011 y la de Chrome desde 2012.
La segunda son los pagos condicionados a la exclusividad: Google concedió incentivos económicos a algunos de los mayores fabricantes y operadores a cambio de preinstalar su buscador, y solo el suyo, en toda su gama de dispositivos Android. La Comisión considera esta conducta ilegal entre 2011 y 2014, cuando dejó de aplicarse de manera efectiva. La tercera es la obstrucción de las versiones alternativas de Android, llamadas bifurcaciones: para preinstalar las aplicaciones de Google, los fabricantes debían comprometerse a no desarrollar ni vender ni un solo dispositivo con una versión de Android no aprobada por la compañía.
Qué ordena Bruselas
Google debe poner fin a estas prácticas de forma efectiva en un plazo de 90 días desde la decisión. Como mínimo, tiene que cesar en ellas, no volver a aplicarlas y abstenerse de cualquier medida de efecto equivalente. Si no cumple, se expone a pagos de hasta el 5 % de la facturación diaria media mundial de Alphabet, la matriz de Google; la Comisión tendría que constatar el incumplimiento en una decisión aparte. La multa se calculó sobre los ingresos de Google por publicidad en búsquedas en dispositivos Android en el Espacio Económico Europeo, y tiene en cuenta la duración y la gravedad de la infracción.
La Comisión subraya que la decisión no cuestiona el modelo de código abierto de Android ni el sistema operativo en sí. Google puede aplicar un sistema razonable, justo y objetivo para garantizar el buen funcionamiento de los dispositivos con sus aplicaciones, siempre que no limite la libertad de los fabricantes de producir dispositivos con otras versiones de Android. Android funciona en alrededor del 80 % de los dispositivos móviles inteligentes, tanto en Europa como en el resto del mundo.
Google respondió el mismo día. Su consejero delegado, Sundar Pichai, escribió que la decisión rechaza el modelo de negocio que sostiene Android, que a su juicio ha creado más opciones y no menos, y anunció que la compañía tiene la intención de recurrir. La multa se suma a la de 2.420 millones de euros que Bruselas impuso en junio de 2017 por favorecer a su servicio de comparación de compras; la Comisión sigue investigando por separado el caso AdSense, sobre restricciones a la publicidad de buscadores rivales en páginas web de terceros.
Qué conviene revisar
La decisión se dirige a Google, pero sus efectos alcanzan a fabricantes, operadores, desarrolladores de aplicaciones y empresas que anuncian o venden a través de dispositivos Android. La Comisión recuerda que cualquier persona o empresa afectada por estas prácticas puede reclamar daños y perjuicios ante los tribunales de los Estados miembros, y que la directiva europea sobre daños por infracciones de competencia lo facilita.
Las empresas que dependen de plataformas de terceros pueden revisar sus contratos de distribución, de preinstalación o de publicidad: qué cláusulas de exclusividad contienen, qué condiciones imponen y qué alternativas existen. Consulte con su asesor jurídico cómo afecta a su caso.
Tener una posición dominante no es ilegal en sí mismo; lo que sanciona Bruselas es usarla para cerrar el paso a los rivales.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


