Nueva clasificación de actividades: CNAE-2025

Claves
  • El Real Decreto 10/2025 aprueba la CNAE-2025, que sustituye a la clasificación vigente desde 2009.
  • Las entidades ya inscritas en la Seguridad Social deben comunicar su nuevo código antes del 30 de junio de 2025.
  • De momento deberán mantener también el código antiguo, porque las primas de accidentes de trabajo aún no se han adaptado.

El Boletín Oficial del Estado publicó el 15 de enero de 2025 el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, que aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025, la CNAE-2025. La norma, del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, entró en vigor al día siguiente, el 16 de enero, y contiene en su anexo la nueva estructura de códigos.

Parece un asunto técnico, pero afecta a todas las empresas y autónomos. La CNAE es el código con el que cada actividad queda identificada ante las administraciones, y el real decreto obliga a las entidades inscritas en los registros de la Tesorería General de la Seguridad Social a comunicar el nuevo código dentro de un plazo concreto. Conviene saberlo antes de que llegue el verano.

Qué es la CNAE y qué cambia

La CNAE es la clasificación estadística nacional de actividades económicas, la versión española de la nomenclatura europea. Agrupa las actividades por sectores y las identifica con un código numérico que sirve de referencia en las estadísticas oficiales y en numerosos trámites con las administraciones. Se actualiza para reflejar cómo evoluciona la economía: aparecen actividades nuevas, otras se desglosan y otras se reagrupan, de modo que una empresa puede encontrarse con que su código ha cambiado aunque su negocio sea el mismo.

La versión de 2025 sustituye a la CNAE-2009 y sigue la renovación de la clasificación europea de actividades. Para saber qué código le corresponde, lo más seguro es consultar la tabla de equivalencias que publica el Instituto Nacional de Estadística y comprobar la descripción de la actividad real, no solo el número. Dos negocios parecidos pueden quedar en códigos distintos. Tampoco es raro que una sociedad con actividades mixtas tenga que decidir cuál es la principal; esa decisión debe responder a la realidad del negocio y no a la comodidad del trámite.

Plazos con la Seguridad Social

La disposición adicional única establece el calendario. Las entidades responsables del pago de cotizaciones que ya estuvieran inscritas el 16 de enero deben comunicar su código CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025. Las que se den de alta después deberán hacerlo en el momento de inscribirse, de modo que las sociedades que se constituyan en los próximos meses partirán ya con el código nuevo y evitarán regularizaciones posteriores. La comunicación se hará por los procedimientos que fije la propia Tesorería.

El cambio no elimina el código anterior de forma inmediata. Hasta que se adapten a la nueva clasificación los tipos de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, las entidades deberán comunicar también su código CNAE-2009. Durante un tiempo, por tanto, convivirán dos códigos en la documentación de la empresa.

Qué conviene revisar

Un primer paso es identificar quién se ocupa de este trámite en la empresa, normalmente el gestor laboral, y confirmar que tiene el calendario. Después, comprobar el código que figura hoy en los registros y el que correspondería con la nueva tabla. Si la actividad real ha cambiado con los años, es buen momento para dejarlo reflejado con precisión. Si la empresa desarrolla varias actividades, conviene confirmar cuál es la principal y cuál se ha comunicado, y dejar constancia interna de la decisión.

Conviene también revisar los documentos que citan la CNAE: pólizas de seguro, contratos con el sector público, solicitudes de ayudas o subvenciones y modelos estadísticos. No es lo mismo que el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas, que es otra clasificación distinta. Si su empresa pertenece a un grupo, coordine la comunicación entre las distintas sociedades para que todas cumplan el plazo y ninguna quede pendiente por error. Ante cualquier duda, consulte con su asesor.

Un código bien asignado evita errores que luego cuesta corregir.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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