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La COP27 crea un fondo de pérdidas y daños

Por Pearson Specterlunes, 21 de noviembre de 20224 min de lectura

La cumbre del clima COP27 terminó el 20 de noviembre con el acuerdo de crear un fondo para compensar a los países más vulnerables al cambio climático.

Foto: IAEA Imagebank · Wikimedia Commons · CC BY 2.0 (recortada)

La cumbre del clima COP27, celebrada en Sharm el-Sheij, terminó el 20 de noviembre de 2022 con el acuerdo de crear un fondo para compensar las pérdidas y daños sufridos por los países más vulnerables al cambio climático. Era un asunto muy debatido desde hacía años, y el acuerdo se consideró un paso importante en la negociación internacional, aunque los detalles de su funcionamiento quedaban por concretar. Los acuerdos de este tipo son fruto de largas negociaciones, y su aplicación real suele ser más lenta que su anuncio.

Una cumbre del clima puede parecer lejana a la actividad de una empresa o de una familia, pero sus acuerdos influyen en la regulación, en la financiación y en las expectativas de clientes e inversores. Entender hacia dónde se mueve el marco internacional ayuda a anticipar cambios que, tarde o temprano, acaban llegando a las empresas en forma de requisitos de información, de normas sobre emisiones o de condiciones de financiación. La existencia del fondo no cambia directamente la situación de la mayoría de empresas, pero indica el rumbo de la agenda internacional.

Qué son las pérdidas y daños

Se llaman así los efectos del cambio climático que ya no se pueden evitar con medidas de prevención, como los fenómenos extremos o la subida del nivel del mar, y que afectan sobre todo a los países con menos recursos para afrontarlos. El fondo acordado buscaba que quienes más sufren esos efectos recibieran una compensación.

El debate de fondo es quién debe financiar esa compensación y con qué criterios. Los países que más han contribuido históricamente a las emisiones suelen ser también los que más recursos tienen, y las negociaciones giran en torno a esa responsabilidad compartida pero diferenciada. El acuerdo creaba el instrumento, pero la forma de dotarlo y de repartirlo seguía siendo una cuestión abierta.

De los compromisos a la regulación

Los compromisos climáticos acaban traduciéndose en regulación, en requisitos de información para las empresas y en condiciones de financiación. Lo que hoy es una declaración política puede convertirse mañana en obligaciones concretas sobre emisiones, informes de sostenibilidad o criterios que aplican bancos y aseguradoras.

Este proceso es gradual pero constante. Muchas empresas ya reciben peticiones de sus clientes o de sus financiadores para que informen sobre su huella de carbono y sus riesgos climáticos, sin que haya una norma específica que lo exija. Con el tiempo, estas prácticas tienden a formalizarse. Quien las incorpora antes lo hace con más margen y a menor coste que quien se ve obligado a hacerlo con urgencia. Las empresas que ya publican información sobre sostenibilidad suelen encontrar más fácil responder a nuevas peticiones, porque cuentan con procesos y datos que han ido construyendo.

Anticiparse a la norma

Conviene anticiparse antes de que sean obligatorios. Medir las emisiones propias, entender qué datos pedirán clientes y financiadores y revisar los riesgos climáticos de la cadena de suministro son pasos que se pueden dar con tiempo, sin esperar a que haya sanciones o a que un cliente grande lo exija.

Un primer paso sencillo es hacer un inventario de las fuentes principales de emisiones y de los riesgos físicos que podrían afectar al negocio, como el calor extremo, la sequía o las inundaciones. A partir de ahí se puede decidir qué medidas tienen más sentido y en qué orden. Contar con un asesor con experiencia en sostenibilidad ayuda a priorizar y a evitar inversiones poco efectivas. No se trata de adoptar todas las prácticas a la vez, sino de avanzar de forma proporcionada al tamaño y al sector, y de documentar lo que se hace.

Prepararse para una norma que aún no existe cuesta mucho menos que adaptarse a ella con prisa.

Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.

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