La Orden HFP/335/2018 reduce para 2017 los índices de rendimiento neto de actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.

El Boletín Oficial del Estado publicó el 2 de abril de 2018 la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, por la que se reducen, para el periodo impositivo 2017, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales. Entra en vigor al día siguiente de su publicación.
La medida se apoya en el reglamento del impuesto, que permite al ministro de Hacienda autorizar reducciones cuando incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales alteran el desarrollo de las actividades de un sector o zona. El Ministerio de Agricultura emitió un informe que identificaba esas circunstancias durante 2017, y la orden agrupa las reducciones por comunidades, provincias y actividades.
Cómo funcionan los módulos
La estimación objetiva, conocida como «módulos», permite a determinados empresarios y profesionales calcular el rendimiento de su actividad aplicando parámetros fijados por la Administración, y no a partir de sus ingresos y gastos reales. En las actividades agrícolas y ganaderas, se aplica un índice de rendimiento neto sobre el volumen de ingresos, y el resultado es la base sobre la que se tributa.
Cuanto menor es el índice, menor es el rendimiento atribuido y, por tanto, la renta gravada. Su ventaja es la simplicidad, pero tiene un inconveniente: si el año va mal por circunstancias externas, el módulo podría no reflejarlo. Por eso el reglamento prevé reducciones excepcionales cuando esas circunstancias afectan a un sector o zona de forma objetiva. Es importante recordar que el método de módulos se puede renunciar, y que la renuncia tiene efectos durante varios ejercicios, por lo que no debe decidirse a la ligera.
Qué reduce esta orden
El anexo recoge reducciones para todas las comunidades autónomas y otras específicas para provincias y términos municipales concretos. Por ejemplo, con carácter general se fijan índices de 0,13 para la apicultura, 0,16 para el bovino de leche, 0,18 para los cereales y las leguminosas, y 0,13 para la patata. Hay índices más bajos en zonas determinadas, y otros específicos por cultivos, como la almendra o la uva de vino.
Los índices del anexo sustituyen a los fijados con carácter general para 2017 por la orden que desarrollaba el método ese año. Una explotación debe comprobar si su actividad, su provincia y su término municipal aparecen en el anexo, porque la reducción se aplica solo a los ámbitos territoriales y a las actividades expresamente recogidas. Si una explotación está en una zona que no figura en el anexo, no puede aplicar la reducción, aunque haya sufrido circunstancias similares; la orden solo beneficia a los ámbitos que recoge expresamente.
Qué conviene revisar
La campaña de la Renta 2017 se abre el 4 de abril y el plazo de presentación termina el 2 de julio. Quien tributa por módulos en actividades agrarias, o su asesor, debe comprobar que el programa de ayuda aplica los índices reducidos que correspondan y que no se declara con los índices antiguos por defecto.
También conviene guardar la documentación que acredite el volumen de ingresos y la zona donde se desarrolla la actividad, por si la Administración la solicita. Si ya se presentó un pago fraccionado con los índices anteriores, la regularización se refleja en la declaración anual. Esta información es de carácter general; su asesor fiscal puede aplicarla a su caso. Las explotaciones con seguros agrarios, ayudas públicas o declaraciones de siniestro pueden tener documentación que sirva para acreditar la actividad y las circunstancias, y conviene localizarla antes de presentar.
Un módulo reducido solo ayuda a quien comprueba que le corresponde.
Este artículo es información general. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión, y no tiene en cuenta las circunstancias particulares de nadie.


